Petro confirma día sin carro y sin moto para el 22 de abril en Bogotá

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BOGOTA, 10 de Abril _ RAM_ La Alcaldía de Bogotá decretó que la capital del país vivirá una nueva jornada de Día sin Carro y sin Moto, y se llevaría a cabo el próximo 22 de abril entre las 5:00 a. m. y las 7:30 p. m.

La decisión de la administración se basa en los resultados que se obtuvieron durante la última jornada que se llevó a cabo el pasado 5 de febrero en donde el flujo de peatones se incrementó el 19,2 por ciento y el de bicicletas, el 175 por ciento.

“Se le pide a la humanidad que actué de tal manera que disminuya los gases efecto invernadero porque es urgente o si no vamos a morir. Eso implica cambio de conductas, de consumos y por eso vamos al día sin carro el 22”, dijo Petro.

Además, por primera vez se logró reducir los niveles de contaminación en la capital, situación que no se daba hace más de una década. La secretaria de Ambiente, Susana Muhamad, señaló que en condiciones similares hay una reducción del 21 % en el material particulado.

“Esto puede obedecer a que el Día sin carro inicio más temprano, pero indudablemente la implementación del SITP y la decisión de sacar las rutas viejas del transporte público contribuye a mejorar las condiciones ambientales de Bogotá”, agregó la funcionaria.

De acuerdo con cifras de la Secretaria de Movilidad, 1,5 millones propietarios de carros particulares y 425.000 dueños de motos no circularon en la ciudad.

Exepciones:

– Vehículos y motocicletas de transporte público, las de emergencia, servicios públicos domiciliarios, militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado y los conducidos por personas con discapacidad y los del control del tráfico.

– Las grúas de la Unión Temporal Colombo Argentina (Segrup), concesionario de la SDM.

– Vehículos de transporte especial de estudiantes debidamente autorizados (con las franjas amarillas y negras de transporte escolar y otros requisitos).

– Vehículos de transporte que movilicen más de diez (10) pasajeros sin sobrecupo.

– Caravana presidencial y los asignados para cuerpo diplomático.

– Vehículos con blindaje de nivel tres (3) o superior y los usados para la protección de personas, autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

– Mensajeros y domiciliarios pueden ir en moto si tienen vínculo con alguna empresa, portan distintivos y logos tanto en el vehículo como en el uniforme y los documentos del conductor.

– Vehículos y motocicletas utilizados por la Secretaría y el Ministerio de Ambiente para la revisión, atención y prevención de emisiones y vertimientos contaminantes. Deben contar con plena y pública identificación tanto como de logos pintados o adheridos en el vehículo, al igual que plena y pública identificación del conductor del vehículo.

 

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