La decisión también significa que quedan vigentes los embargos de cuentas de esos magistrados, que habían sido ordenados por la Contralora. La decisión responde a una consulta elevada por el Gobierno, que en este caso es de obligatorio e inmediato cumplimiento.
Para el Consejo de Estado, las investigaciones fiscales son administrativas y deben ser desarrolladas por la Contraloría y no por la comisión de investigaciones.
Los embargos realizados por la Contraloría en contra de cuatro magistrados del Consejo Superior de la Judicatura podrán quedar vigentes cuando el proceso sea reasumido por la Contralora.
El presidente del Consejo de Estado, magistrado Gustavo Gómez Aranguren, explicó que la Comisión de Investigación y Acusación sigue siendo competente para investigar disciplinariamente y penalmente a los magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, pero los procesos fiscales son de competencia exclusiva de la Contraloría General.
Según el fallo, “la decisión del presente conflicto de competencias administrativas de manera alguna afecta las competencias específicas que por mandato constitucional, en materia penal y disciplinaria de altos servidores del Estado, corresponden al resorte privativo de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes”.
El magistrado explicó que el dictamen de la Sala Consulta tiene prevalencia sobre el proferido de la sala de conjueces de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que también resolvió el conflicto de competencias a favor de la Comisión de Investigación y Acusación, porque el conflicto era entre dos corporaciones administrativas y no jurisdiccionales. El consejero de Estado aseguró que por tal motivo los conjueces del Consejo de la Judicatura no estaban facultados para resolver dicho conflicto de competencias.