Listo decreto de orden público para elecciones presidenciales 2014

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Bogotá, 14 de Mayo ¬_RAM_ El Gobierno Nacional expidió hoy el Decreto 891 por medio del cual se dictan medidas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones presidenciales a realizarse el 25 de mayo la primera vuelta, y si hubiere lugar, el 15 de junio una segunda vuelta.

Entre otras normas el decreto establece que a partir del lunes 19 de mayo y hasta el lunes 26 de mayo, y, en la segunda vuelta, a partir del 9 de junio y hasta el 16 de junio, sólo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

Además la Policía Nacional decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante los días 25 de mayo y 15 de junio, en este caso, si hubiere segunda vuelta. Durante estos mismos días también queda prohibido para los medios de comunicación, difundir propaganda política y electoral, así como la realización o publicación de encuestas, sondeos, o proyecciones electorales.

En cuanto a la propaganda en espacios públicos, los alcaldes señalarán los sitios públicos autorizados para fijar esta clase de propaganda, previa consulta con un comité integrado por los representantes de los partidos y movimientos políticos, a fin de asegurar una equitativa distribución.

Durante la jornada electoral no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video, entre las 8 a.m. y las 4 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados. A partir de las 4 p.m. los testigos electorales podrán hacer uso de cámaras y recibirán copia de las actas de escrutinio.

Desde las seis de la tarde del sábado 24 de mayo y hasta las 6 de la mañana del lunes 26 de mayo, y desde las 6 de la tarde del sábado 14 de junio y hasta las seis de la mañana del lunes 16 de junio, queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y consumo de bebidas embriagantes.

Las autoridades militares adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el país, desde el viernes 23 de mayo hasta el miércoles 28 de mayo y desde el viernes 13 de junio hasta el miércoles 18 de junio. Además podrán ampliar el término de la suspensión de conformidad a las recomendaciones de los Consejos Departamentales de Seguridad o los Comités Territoriales de Orden Público.

Sistemas Masivos de Transporte y empresas de transporte público, están obligadas a prestar su servicio durante el día de elecciones, como mínimo de una 80% durante las horas de votación y solo podrán cobrar las tarifas fijadas por la autoridad competente.
Los pasos fronterizos fluviales y terrestres serán cerrados durante el lapso comprendido entre las 4 a.m. del 24 de mayo y las 4 p.m. del 25 de mayo, primera vuelta, y desde las 4 a.m. del 14 de junio hasta las 4 p.m. del 15 de junio, segunda vuelta si la hubiere.

“Para reportar cualquier irregularidad relacionada con los procesos electorales establecidos según este decreto, los ciudadanos podrán utilizar la línea telefónica gratuita nacional 01 8000 91 2005 o el correo electrónico a [email protected]. La transparencia es la prioridad del Gobierno Nacional, del Ministerio del Interior y de las demás entidades involucradas en este proceso electoral”, afirmó Natalia Gutiérrez, Viceministra para la Participación e Igualdad de derechos del Ministerio del Interior.

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