Procuraduría no podría investigar a congresistas

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La ponencia de la reforma de la Justicia presentada hoy le quita las facultades al Procurador para investigar congresistas y aclara que el juez fiscal de los aforados es la Contraloría

En el artículo 24 de la iniciativa, se establece que entre las funciones del Procurador está la de «ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas».

La razón de esta medida es que, según la reforma, la Corte Suprema de Justicia, en una sala nueva que se crea, investigará penal y disciplinariamente a todos los aforados, incluidos los magistrados de este tribunal.

Para evitar que a los congresistas se les puedan abrir investigaciones con anónimos, como se puede hacer hoy en día, se aclaró que «la denuncia o la queja que se formule contra los servidores públicos (…) se presentará personalmente por el denunciante mediante escrito acompañado de las pruebas que obren en su poder o de la relación de las pruebas que deban practicarse y que respaldan la denuncia o queja». Esta modificación se hace a través del artículo 25, que modifica el 284 de la Cara Política.

Así, el Congreso de la República busca una nueva manera de blindarse ante las drásticas sanciones que ha impuesto el procurador general, Alejandro Ordóñez a legisladores colombianos, tales como: Iván Moreno Rojas, Piedad Córdoba, Luis Vives Lacouture, entre otros.

El proyecto será discutido este jueves en la comisión primera del Senado en el quinto de los ocho debates, en donde también se discutirá otro de los artículos que afirma que la Contraloría General de la República podrá investigar a todos los funcionarios del Estado menos al Presidente, Vicepresidente y magistrados de la Corte Constitucional.

El articulo 277 que presentaron los congresistas anuncia que el  procurador podrá “ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas, de los miembros de la Sala de Gobierno del Consejo Superior de la Judicatura cuando la Constitución y la ley no asignen dicha competencia a otra autoridad; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley”.

Igualmente la ley busca que las denuncias que sean presentadas en contra de ellos no puedan ser radicadas por anónimos “la denuncia o la queja que se formule contra los servidores públicos y contra los Congresistas, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, por indignidad, por mala conducta o por delitos comunes, se presentará personalmente por el denunciante mediante escrito acompañado de las pruebas que obren en su poder o de la relación de las pruebas que deban practicarse y que respaldan la denuncia o queja”.

Cabe resaltar que esta iniciativa se da después de que el actual procurador Alejandro Ordoñez, ha sancionado a 18 congresistas por diferentes causas disciplinarias.

Los congresistas sancionados por el procurador por estos hechos son: Amparo Arbeláez, Germán Olano Becerra, Iván Moreno Rojas, Piedad Córdoba Ruíz, Alirio Villamizar, Dieb Maloof Cuse, Luis Alberto Gil, Álvaro García, Luis Eduardo Vives Lacouture, Jorge Luis Caballero Caballero, Salomón de Jesús Saade Nader, José Rosario Gamarra Sierra, Alfonso Campo Escobar, Rocío Arias, Eleonora Pineda, Miguel Alfonso de la Espriella, Manuel Julián Mazeneth y Jensy Acosta

 

 

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