Superindustria confirma sanción a Comcel-Claro

Compartir:

Mediante Resolución No. 66934 del 19 de noviembre de 2013, el superintendente de Industria y Comercio, SIC, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, resolvió el recurso de reposición interpuesto por Comcel S.A. (Claro) contra la Resolución No. 53403 del 3 de septiembre de 2013 y confirmó la sanción impuesta por abusar de su posición dominante al cometer conductas relacionadas con el bloqueo de las bandas de equipos móviles celulares, lo que impedía o restringía a los usuarios migrar a otros operadores móviles.

Por esta conducta, la SIC impuso a Comcel (Claro) una sanción de $53.909.775.000, equivalente a más de 91 salarios mínimos legales vigentes.

La Superintendencia encontró probado que Comcel, dentro de la misma política empresarial, decidió vender de sus inventarios teléfonos con bandas cerradas y efectuar la compra a fabricantes de más de más de un millón ochocientos mil teléfonos también con bandas bloqueadas, lo cual estaba prohibido por la normatividad, «generando así obstrucción en el canal de comercialización o mercado, condiciones apropiadas para limitar o restringir la libre competencia por parte del operador dominante».

De otro lado, la Superintendencia también encontró probado que Comcel (Claro) infringió lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, al incurrir en conductas tendientes a limitar la libre competencia, a través del abultamiento (manipulación) de cifras sobre los resultados de la Portabilidad Numérica Móvil (PNM). Sobre este particular, la SIC encontró que Comcel S.A. (Claro), dentro de una política empresarial, propició condiciones para que se hicieran efectivas portaciones aparentes de líneas hacia su red, que condujeron al reporte de cifras artificiales a las autoridades y al mercado, con las que se pretendió mostrar a Comcel S.A. (Claro) como el operador preferido por los usuarios en los procesos de Portabilidad Numérica Móvil (PNM).

Por esta infracción, la SIC impuso una sanción de $33.840.247.500, equivalentes a más de 57 salarios mínimos.

En relación con esta conducta, la resolución que decidió el recurso de reposición ratificó que Comcel S.A. (Claro) omitió deliberadamente tomar medidas frente al falseamiento de cifras que estaban realizando sus distribuidores en su favor, no obstante conocer de los abruptos cambios en dicha información, tener todos los sistemas de seguimiento que le permitían ver en tiempo real y de manera oportuna lo que ocurría en el mercado e incluso, haber sido advertido por sus competidores sobre tales irregularidades.

En la decisión que resuelve el recurso de reposición interpuesto por Comcel S.A. (Claro), el superintendente Robledo también ordenó que se evalúe si existe o no mérito suficiente para que se inicie una averiguación preliminar contra algunos directivos de la empresa de telefonía movil, quienes habrían podido incurrir en responsabilidad individual por estos mismos hechos.

De acuerdo con lo establecido en la ley, contra esta decisión del Superintendente de Industria y Comercio no procede ningún recurso.

Compartir: