EPS seguirán vivas dos años más y luego se convertirán en “gestoras” de servicios de salud

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Las controvertidas EPS seguirán tal cual como operan actualmente por lo menos durante dos años más, al termino de los cuales se convertirán en “gestoras” de servicios de salud.
La supervivencia de las EPS quedó garantizada dentro del proyecto de ley de reforma a la salud que se aprobó en la Comisión séptima del Senado en el primero de los cuatro debates que debe cumplir.
El ministro de salud, Alejandro Gaviria defendió la decisión y reiteró que las EPS no van a afiliar ni van a manejar las contribuciones porque eso lo hará Salud Mía.
“No va a manejar los recursos, que es algo muy importante, sino que va a haber un giro directo de pago a prestadores (clínicas y hospitales) desde Salud Mía. No habrá integración vertical exceptuando para las entidades públicas, mixtas y las cajas de compensación”, puntualizó Gaviria.
Según el articulo acogido por los congresistas, las EPS tienen un plazo de dos años para transformarse en “gestoras” de la salud o de lo contrario desaparecerán.
Dentro de este nuevo esquema, las Cajas de Compensación Familiar también serán Gestoras de Servicios de Salud.
La norma aprobada, que habla sobre la creación y habilitación de Entidades Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, señala:
“No se permitirá la creación de ningún tipo de Entidades Promotoras de Salud.
Durante el periodo de transición no se podrán efectuar traslados, ampliaciones de cobertura y movimientos de usuarios, salvo que se trate de circunstancias excepcionales determinadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
La creación y habilitación de nuevas Instituciones Prestadoras de Servicios, durante el término de transición, requerirá la autorización del Ministerio de Salud y Protección Social.
Las actuales Entidades Promotoras de Salud contarán con un plazo máximo de dos (2) años para transformarse en Gestores de Servicios de Salud de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley. Las Entidades Promotoras de Salud que no se transformen en el plazo señalado en el presente artículo se disolverán y liquidaran.
Las Entidades Promotoras de Salud que se transformen en Gestores de Servicios de Salud podrán conservar sus afiliados dentro del área donde fueron autorizados para operar.
Durante el periodo de transición las Entidades Promotoras de Salud deberán mantener las condiciones de habilitación financiera relacionadas con el patrimonio y el margen de solvencia que tenían al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley.
El Gobierno Nacional definirá los procesos que se deberán surtir durante la transición para la afiliación, traslados y movimientos de afiliados de las actuales Entidades Promotoras de Salud, así como para garantizar la prestación de los servicios médicos y tratamientos en curso de los afiliados al Sistema que no hayan elegido Gestor de Servicios de Salud”.
Quizá un punto favorable aprobado por la comisión séptima del Senado es la eliminación de la llamada “cuota moderadora” que deben cancelar actualmente los usuarios para obtener una cita médica o los medicamentos formulados.
Acogió igualmente “la integración vertical, que prohíbe a las Empresas Prestadoras de Salud monopolizar la salud”, es decir, no podrán ser dueñas de clinicas, hospitales o puntos de prestación de servicios de salud.
Además se aprobó un polémico articulo en el cual se determina que los alcaldes y gobernadores del país quedan facultados para poder nombrar directamente a los gerentes de los hospitales públicos.
El proyecto de reforma a la salud pasara ahora a discusión en la plenaria del Senado de la República.

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