La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Orlando Santofimio Gamboa, declaró infundado el recurso de anulación.
El Consejo de Estado dejó en firme el laudo arbitral que le ordenó a la Unidad Administrativa Especial de Servicio Públicos (UAESP) pagar más de 15.000 millones de pesos a la sociedad Proactiva Doña Juana ESP SA., que era la encargada de la administración, operación y mantenimiento del relleno sanitario Doña Juana.
La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Orlando Santofimio Gamboa, declaró infundado el recurso de anulación y adición interpuesto por Proactiva, que pretendía se incluyera en el laudo los efectos económicos de la liquidación del contrato, tema no resuelto.
La Sala explicó que el tribunal de arbitramento se declaró inhibido en ese asunto porque no era competente para pronunciarse sobre dichos efectos, puesto que analizarlos implicaba el estudio de la resolución mediante la cual la UAESP liquidó unilateralmente el contrato, lo cual solo es competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Por tal razón, la nulidad del laudo no es procedente porque existió un pronunciamiento razonado por parte del tribunal de arbitramento, en este caso, la inhibición sustentada en la falta de competencia.
El laudo sobre el cual se pedía la nulidad declaró que Proactiva tenía derecho al reconocimiento, entre otros valores, de: más de 9.500 millones de pesos por concepto de descuento de licitación; más de 1.800 millones de pesos, por intereses de ese valor; más de 1.600 millones de pesos porque la UAESP obligó a Proactiva a recibir basuras provenientes de municipios diferentes a los pactados; 102 millones de pesos por concepto de la fumigación en barrios aledaños, entre otros, para un total de más de 15.647 millones de pesos.
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