Consejo de Estado profiere segunda condena a la Nación por desmanes de las Farc en el Caguan

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BOGOTA, 07 de Junio ¬_RAM_ Con el mismo criterio de que descuido sus obligaciones y no ejercicio ninguna autoridad para proteger a la población civil, el Consejo de Estado profirió hoy una nueva condena a la Nación – la segunda en menos de 48 horas–, por los desmanes que cometió la guerrilla de las Farc en la zona de Distensión durante el frustrado proceso de paz promovido por el gobierno de Andrés Pastrana.
Esta vez, el fallo condena al ministerio de Defensa a pagar una indemnización de 500 millones de pesos a la familia de un taxista que fue asesinado por las Farc en un retén ilegal en el 2001 por el solo hecho de llevar como pasajero a un soldado vestido de civil, a quien también ultimaron a sangre fría.
La Sección Tercera del Consejo de Estado, atribuyó este doble crimen a falta de autoridad por parte del Estado durante el proceso del Caguan.
Según el fallo la ausencia estatal facilitó la práctica delictiva de retenes en la carretera que comunica a Florencia con los municipios de La Montañita, El Paujil, El Doncello, Puerto Rico y San Vicente del Caguán,
El alto tribunal estableció que mientras estuvo vigente la zona de distensión en el Caquetá, entre 1998 y 2002, las Farc ejercieron dominio sobre varios municipios colindantes al área de despeje, tales como: El Doncello, Puerto Rico, El Paujil y Cartagena del Chairá y los corredores viales que unían estas localidades y conducían a San Vicente del Caguán.
Además, advirtió que el Ejército Nacional no impartió instrucciones a sus uniformados ni controló sus actuaciones, para evitar que se desplazaran por tierra, utilizando medios de transporte público, con lo cual adicionalmente, puso en peligro a los particulares.
Sobre el taxista asesinado señaló que “además de estar expuesto a los abusos que cometían sistemáticamente los grupos insurgentes en sus retenes, por la falta de presencia y reacción estatal, perdió la vida, infringiendo dolor a sus seres queridos, porque la demandada omitió hacer la presencia a la que estaba obligada, aunado a que no tomó las previsiones para que el objetivo de los insurgentes alcanzara no solo a sus efectivos, sino también a la población civil, al punto que el soldado abordó su taxi, poniéndolo en peligro a él y a los demás pasajeros que lo ocupaban”.

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