BOGOTA, 05 de Marzo ¬_RAM_ El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que durante el periodo de inscripción de Gustavo Petro para sus aspiraciones a la Alcaldía de Bogotá, no se violó el régimen de inhabilidades, ya que no se presentaron pruebas que demostraran este hecho.
Esta es la respuesta que da el Tribunal con respecto a la demanda que instauró el concejal de Bogotá, Orlando Parada, contra el Consejo Nacional Electoral por la inscripción del actual Alcalde de la capital.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca señaló que para emitir este fallo a favor de Petro Urrego, se apoyó en los registros de la Procuraduría General de la Nación en los que se muestra que el Alcalde de Bogotá no tiene ninguna inhabilidad o sanción vigente.
Según el Tribunal, Parada no sustentó adecuadamente la condena que recibió Petro por parte de un juez adscrito a la Jurisdicción Penal Militar.