BOGOTA, 12 de Febrero ¬_RAM_ El Presidente Juan Manuel Santos firmó este martes el decreto que suprime, traslada y reforma trámites en materia de tránsito y transporte.
La medida establece siete modificaciones a varias normas de tránsito y transporte, entre ellas el Decreto 171 de 2001, por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera; y el Decreto 172 de 2001, por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi.
Así mismo, se derogan un decreto y artículos de otros cinco relacionados igualmente con tránsito y transporte.
Los siguientes son los principales aspectos que modifica el decreto firmado por el Jefe de Estado:
-Se elimina la remisión que para visto bueno se hacía al Ministerio de Transporte del estudio técnico elaborado por los entes territoriales para autorizar un nuevo taxi, ya que la autorización corresponde a la autoridad de la jurisdicción.
-Se elimina la asignación de un puntaje que se tenía previsto para las empresas particulares que elaboran estudios para determinar la demanda insatisfecha en los casos de otorgamiento de permisos para prestar el servicio público de transporte de pasajeros.
-Se traslada a las direcciones territoriales del Ministerio de Transporte la función que tenía la Subdirección de Transporte de esa cartera, para el registro de vehículos que prestan servicio internacional, para evitar el desplazamiento de usuarios a la capital.
-Se establece un período de transitoriedad para que el certificado de competencia laboral en la titulación de instructores a expedirse por el SENA sea exigible a los doce (12) meses siguientes a la implementación de la respectiva norma a cargo del SENA.
-Se deroga el Decreto 540 de 1995, que reglamentaba la solicitud, autorización o inscripción que el fabricante, ensamblador o importador de vehículos y partes automotores debía realizar ante el Ministerio de Transporte, ya que este trámite lo incluye en el RUNT.