Los pensionados que están obligados a declarar renta este 2024

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La declaración de renta es un proceso anual en el que los contribuyentes colombianos, tanto personas naturales como jurídicas, deben reportar sus ingresos, gastos, deducciones y otros aspectos financieros al Estado a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este procedimiento es esencial para determinar el monto de los impuestos que cada contribuyente debe pagar o, en algunos casos, el saldo a favor que pueden reclamar.

Para el año fiscal 2024, la DIAN ha introducido algunas novedades importantes que los contribuyentes deben tener en cuenta. Entre ellas, destacan cambios en las tarifas impositivas, modificaciones en los umbrales de ingresos que obligan a declarar, así como nuevas disposiciones relacionadas con la facturación electrónica y los beneficios fiscales por inversiones en sectores específicos de la economía.

Qué pensionados deben declarar renta este 2024

Según el Estatuto Tributario, los pensionados en Colombia que reciben una mesada inferior a 1.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalente a $47 millones, están exentos de presentar declaración de renta. No obstante, aquellos que superen este límite deberán declarar sus ingresos, patrimonio y otras transacciones financieras.

Los ingresos que obligan a declarar incluyen pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales, así como indemnizaciones sustitutivas de las pensiones y devoluciones de saldos de ahorro pensional. Si el pensionado tiene otra actividad económica, esta debe estar registrada en el RUT con la fecha desde que se ejerce, especialmente si genera ingresos adicionales.

En qué fechas se debe declarar renta este 2024
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido el calendario para la presentación de la declaración de renta en 2024, basado en los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT):

NIT 1 y 2: 12 de agosto de 2024
NIT 3 y 4: 13 de agosto de 2024
NIT 5 y 6: 14 de agosto de 2024
NIT 7 y 8: 15 de agosto de 2024
NIT 9 y 10: 16 de agosto de 2024
NIT 11 y 12: 20 de agosto de 2024
NIT 13 y 14: 21 de agosto de 2024
NIT 15 y 16: 22 de agosto de 2024
NIT 17 y 18: 23 de agosto de 2024
NIT 19 y 20: 26 de agosto de 2024
NIT 21 y 22: 27 de agosto de 2024
NIT 23 y 24: 28 de agosto de 2024
NIT 25 y 26: 29 de agosto de 2024
NIT 27 y 28: 2 de septiembre de 2024
NIT 29 y 30: 3 de septiembre de 2024
NIT 31 y 32: 4 de septiembre de 2024
NIT 33 y 34: 5 de septiembre de 2024
NIT 35 y 36: 6 de septiembre de 2024
NIT 37 y 38: 9 de septiembre de 2024
NIT 39 y 40: 10 de septiembre de 2024
NIT 41 y 42: 11 de septiembre de 2024
NIT 43 y 44: 12 de septiembre de 2024
NIT 45 y 46: 13 de septiembre de 2024
NIT 47 y 48: 16 de septiembre de 2024
NIT 49 y 50: 17 de septiembre de 2024
NIT 51 y 52: 18 de septiembre de 2024
NIT 53 y 54: 19 de septiembre de 2024
NIT 55 y 56: 20 de septiembre de 2024
NIT 57 y 58: 23 de septiembre de 2024
NIT 59 y 60: 24 de septiembre de 2024
NIT 61 y 62: 25 de septiembre de 2024
NIT 63 y 64: 26 de septiembre de 2024
NIT 65 y 66: 27 de septiembre de 2024
NIT 67 y 68: 1 de octubre de 2024
NIT 69 y 70: 2 de octubre de 2024
NIT 71 y 72: 3 de octubre de 2024
NIT 73 y 74: 4 de octubre de 2024
NIT 75 y 76: 7 de octubre de 2024
NIT 77 y 78: 8 de octubre de 2024
NIT 79 y 80: 9 de octubre de 2024
NIT 81 y 82: 10 de octubre de 2024
NIT 83 y 84: 11 de octubre de 2024
NIT 85 y 86: 15 de octubre de 2024
NIT 87 y 88: 16 de octubre de 2024
NIT 89 y 90: 17 de octubre de 2024
NIT 91 y 92: 18 de octubre de 2024
NIT 93 y 94: 21 de octubre de 2024
NIT 95 y 96: 22 de octubre de 2024
NIT 97 y 98: 23 de octubre de 2024
NIT 99 y 00: 24 de octubre de 2024

Es crucial para los pensionados mantenerse informados y cumplir con sus obligaciones tributarias, asegurando que sus datos en el RUT estén actualizados y cumplan con los plazos establecidos por la DIAN.

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