Congreso aprobó hoy conciliación de la Reforma Tributaria

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BOGOTA, 21 de Diciembre ­_RAM_. Senado y Cámara madrugaron a votar la conciliación del proyecto. Ahora pasa a sanción presidencial.

Pasadas las 7 de la mañana de este viernes, las dos corporaciones le dieron su aval al texto conciliado de la reforma tributaria.

52 senadores votaron por el sí mientras que 6 lo hicieron por el no. En la Cámara, 104 representantes le dieron su bendición al proyecto de ley que generó un amplio debate en el país en las últimas semanas. 10 miembros de esta última corporación votaron por el no.

La iniciativa quedó lista para sanción presidencial, la cual debe ocurrir antes del próximo primero de enero, cuando comiencen a regir varias de las normas que contiene el proyecto.

Entre los cambios que sufrió el texto a última hora, figura la reducción de 200 pesos en el precio del galón de gasolina. La propuesta que nació en la Cámara de Representantes prosperó por encima de la que planteó el Senado, en donde se buscó rebajar en 400 pesos el galón.

En la conciliación fueron agregados al proyecto 12 artículos nuevos, entre los cuales se destacan la inclusión de beneficios a las obras de arte, la exención del IVA para los servicios de Internet en estrato tres y la base gravable para las zonas francas.

Seis horas duró este jueves la conciliación de 44 artículos de la reforma, que tenían una versión diferente en el Senado y en la Cámara. Del total de artículos conciliados se acogieron 19 provenientes de la plenaria del Senado y 25 de la Cámara de Representantes. La reforma ingresó con 102 artículos y salió aprobada con 204 puntos.

De acuerdo con el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, con la reforma aprobada el fisco dejará de percibir 500.000 millones de pesos, un costo que vale la pena si se tiene en cuenta que se fijarán mejores condiciones para la generación de empleos formales.

Cárdenas destacó este jueves que el impuesto a la inversión extranjera de portafolio en papeles, como los títulos (TES), pasará del 33 al 14 por ciento, lo cual ayudará a mejorar la rentabilidad de los portafolios.

No obstante, para las inversiones provenientes de los llamados paraísos fiscales la tarifa será del 25 por ciento y, en enero, el Gobierno revelará la lista de los países cuyos recursos quedarán gravados con esta tarifa.

Uno de los puntos polémicos y que se hundió finalmente tanto en Cámara como en Senado fue el de gravar dividendos de compañías. La idea apuntaba a gravar con un cinco por ciento los dividendos de los accionistas de las compañías que obtuvieran ganancias anuales superiores a 200 millones de pesos, la cual generó rechazo del Consejo Gremial y de un amplio sector del empresariado, que argumentó la imposición de doble tributación.

Salarios de 3,5 millones no pagarán retención

En la reforma tributaria quedó establecido que a quienes ganen menos de 3,5 millones de pesos no se les aplicará retención en la fuente.

Durante el trámite, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, afirmó que “el Congreso está protegiendo a los colombianos de bajos ingresos y a la clase media, contrario a lo que se ha dicho”.

El funcionario explicó que, por ejemplo, un empleado que gane cinco millones de pesos, hoy día en Colombia, está pagando una tarifa del cuatro por ciento y con la reforma este tributo se reducirá a dos por ciento.

“Hoy en Colombia hay personas que ganan menos de tres millones y medio a quienes se les aplican tarifas de retención del 5 o del 6 por ciento. Con este artículo queda en cero”, agregó

Según la tabla, solamente se cobrará retención en la fuente, de manera gradual, a quienes devenguen de 3 millones 500 mil pesos hacia arriba.

Entre lo aprobado quedó establecido que las madres comunitarias del país sean vinculadas laboralmente y empiecen a devengar un salario mínimo mensual.

Lo aprobado

De acuerdo con el informe entregado a la plenaria, los artículos conciliados que fueron votados este viernes y en los que se acogió el texto propuesto por el Senado son: 4, 13, 16, 51, 61, 79, 104, 110, 112, 114, 121, 123, 124, 140, 142, 143, 150, 164, 166, y 187.

El reporte precisa también los artículos conciliados en los que se acogieron los textos de la Cámara de Representantes: 7, 11, 23, 25, 37, 39, 43, 47, 49, 50, 56, 58, 72, 76, 78, 83, 126, 146, 148, 149, 151, 152, 169, 172, y 198.

Igualmente, se incluyeron todos los artículos nuevos que también deberán ser votados y que no tuvieron objeciones entre las dos cámaras:193 (IVA descontable); 194 (producción software nacionales);195 (exención de obras de arte);186 (base gravable de zonas francas); 197 (servicio de conexión y acceso a internet estrato 3); 198 (impuestos verdes); 199 (tecnologías de control fiscal);200 (los catastros descentralizados); 201 (recursos parafiscales destinados a subsidio familiar de vivienda) y 202 (las sanciones referidas al régimen tributario nacional).

Sobre los siguientes artículos nuevos hubo diferencias en la conciliación ente ambas cámaras y ahora deberán ser definidos por las plenarias: 203 (cruce de cuentas – texto de Cámara) y 204 (beneficios tributarios a la donación o exención en producción cinematográfica – texto de Senado).

Se advirtió que la conciliación incluyó la remuneración de los artículos y las correcciones tipográficas.

Los conciliadores por el Senado fueron Mauricio Lizcano, Antonio Guerra, Carlos Enrique Soto, Germán Hoyos, Camilo Sánchez, Samuel Arrieta y José Darío Salazar.

Jaime Rodríguez, Orlando Clavijo, Ángel Custodio Cabrera, Hernando Padauí, Fabio Amin,Rubén Darío Ramírez y Carlos Cuenca, fueron los conciliadores por la Cámara de Representantes.

Principales cambios

El primer artículo es un cambio importante en el sistema tributario del país. Este modifica el artículo seis del Estatuto Tributario, el cual dice que el impuesto de las personas no declarantes es igual a las retenciones. Actualmente, 3,6 millones de trabajadores independientes pagan un tributo en promedio del 6%, vía retenciones; como no están obligados a declarar no tienen derecho a la devolución de su dinero. El Congreso le dio luz verde a que a estas personas se les permita presentar voluntariamente su declaración.

Otro de los cambios que se introdujo en la reforma fue que el servicio de parqueadero prestado por las propiedades horizontales sea responsable del IVA. Es decir, que los centros comerciales cobren el 16% del IVA por el servicio de los parqueaderos. Se aprobó igualmente que las personas jurídicas originadas en la constitución de la propiedad horizontal que destinan algún o algunos de sus bienes o áreas comunes para la explotación comercial o industrial, generando algún tipo de renta, pierdan su calidad de no contribuyentes de los impuestos nacionales; no obstante, se excluyó de este a las propiedades horizontales de uso residencial.

Así como se crearon y modificaron artículos, también se eliminaron algunos, como el que pretendía que las licoreras públicas pudieran descontar el componente del IVA del impuesto al consumo. Tanto en Cámara como en Senado fue eliminado. En opinión de algunos congresistas este era uno de los “micos” que les iba a quitar recursos a los departamentos; sin embargo, el Gobierno afirmó que este no era un tema de “blanco y negro”. El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dijo que el artículo contaba con el aval del Gobierno, pero que la eliminación fue un ejercicio de la democracia.

Cree de 9% se tendrá por tres años

El Gobierno avaló la propuesta del Congreso de dejar la tarifa del nuevo impuesto para la equidad, llamado Contribución Empresarial para la Equidad (Cree), en 9%. El planteamiento del Gobierno fue de 8%, del cual 4,4% es para salud  1,4% para el Sena y 2,2 para el Icbf. El punto adicional del Cree solo estará por tres años y de este el 40% se destinará para educación superior pública, el 30% para salud y el otro 30% para el desarrollo rural. Cada punto del Cree recaudará $1,2 billones, por lo que se espera que por los tres años se tengan $3,6 billones para la inversión social. El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que la base gravable de este nuevo gravamen no permite tantos beneficios ni exenciones. En el proyecto de ley se estableció una garantía para los recursos a las entidades y para la salud. Estos estarán sujetos a un piso que será el presupuesto general de la nación, ajustado anualmente con la inflación más un 2%.

Rebajan 13,5% a impuestos de nómina

Las empresas que contraten personas con sueldos inferiores a los 10 salarios mínimos mensuales estarán exentas de las contribuciones parafiscales del Sena y del Icbf (5%) y de los aportes a la salud (8,5%). Según el Gobierno, la rebaja del 13,5% en los impuestos a la nómina ayudará generar entre 400.000 y un millón de empleos o por lo menos formalizarlos. Antes del primero de julio del 2013 se hará efectiva la exoneración de los pagos parafiscales del Sena y del Icbf. Las personas naturales empleadoras, que son cerca de 2 millones, no tendrán que pagar dichos impuestos por las personas que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales. Para los que empleen menos de dos trabajadores no les aplicará la exoneración. Algunos expertos como Stefano Farné, director del Observatorio de Mercado Laboral de la Universidad del Externado, no creen que esta medida vaya a generar empleos o formalizarlos.

Imporrenta subió a 34% temporalmente

El impuesto a la renta para las sociedades pasa del 33% al 25%. Sin embargo, con la aprobación de la tarifa del 9% del Cree, el cual hará parte del impuesto a la renta, se sube el gravamen del 25% al 34%, solo por los tres años que durará el punto adicional que se le aprobó al nuevo impuesto para la equidad. Inicialmente el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, afirmó que este aumento en la tributación cambiaba las reglas de juego para las empresas. Sin embargo, el funcionario indicó que a pesar de que los empresarios estén pagando más el impuesto a la renta, se les está desmontando por otro lado el impuesto al empleo en un 13,5% para que “pongamos los tributos donde corresponden, en el capital, en las utilidades y no en el empleo”. Agregó que pagarán más impuestos las empresas que más utilidades. Después de los tres años, el gravamen seguirá con la tarifa del 33% como está actualmente.

Iman e Imas, el piso de la tributación

A partir del próximo año, habrá un piso en la tributación de las personas naturales, denominado Impuesto Mínimo Alternativo (Iman). Es decir que después de hacer la depuración del tributo por la renta ordinaria la tarifa que resulte no podrá ser menor que la del Iman, cuya base gravable solo tiene en cuenta la deducción de los aportes a la seguridad social y a la salud. Para los empleados con ingresos brutos mensuales inferiores a $3,6 millones no se les cobrará el impuesto ni se les hará retenciones. A partir de este ingreso empezarán a pagar tarifas del tributo entre el 0,06% y el 5% para ingresos brutos mensuales de $10 millones. Para los de mayores ingresos las tarifas crecerán progresivamente hasta el 27%. Los que tengan ingresos inferiores a $150 millones anuales podrán pagar a través del Impuesto Mínimo Simplificado (Imas), un régimen alternativo de simplificación que se podrá declarar por internet.

Topes y límites a los beneficios tributarios

Una de las fuentes de inequidad en el sistema tributario son los beneficios tributarios, por esto el Gobierno propuso imponer unos límites y topes a algunos de estos. Por ejemplo, se estableció que el tiempo mínimo de permanencia de los aportes en los fondos de pensiones voluntarias fuera de 10 años y no de 15 años como había planteado inicialmente el Gobierno. Actualmente la ley estipula un plazo de 5 años. La suma de los aportes a pensiones voluntarias y las cuentas de Ahorro de Fomento a la Construcción (AFC) amparada por el beneficio tributario será por el 30% del ingreso pero no podrá exceder los $99,9 millones. Esta restricción sólo afecta a quienes ganen mas de $27,8 millones mensuales, según el Gobierno. En Colombia, solo el 20% de las personas que tienen ingresos mensuales de $8 millones están usando una AFC y en promedio no aporta más del 5% de sus ingresos.

El iva quedó de 0%, 5% y 16%

Con la reforma tributaria se redujeron las actuales 7 tarifas del IVA a tan solo 3: 0%, 5% y 16%. En la categoría del 0% o también llamados exentos, con derecho a la devolución de los IVAs pagados por los insumos, se encuentran los pollitos de un día de nacidos, los productos de la canasta familiar, entre otros. Otros de la bienes de la canasta familiar quedaron excluidos. En la tarifa del 5% quedaron productos como el café, el trigo, el maíz y el arroz para uso industrial, entre otros. Entre los servicios con tarifa del 5% quedó la medicina prepagada que actualmente está al 10%. El Gobierno buscaba incrementar el IVA al 16%. Se aprobó el IVA del 5% para los servicios de las compañías que empleen en su totalidad personas discapacitadas. Con el IVA del 16% quedaron los restaurantes que pertenecen a cadenas de franquicias, como McDonald’s, y los servicios hoteleros. En la reforma los insumos agrícolas bajaron del 16% al 5%.

Impoconsumo a restaurantes y san andrés

A partir del próximo año se crea el impuesto al consumo. Los restaurantes que no pertenecen a una franquicia se excluyen del IVA del 16% y se les aplica un impoconsumo del 8%. Los que pertenezcan al régimen simplificado y facturen menos de $105 millones están exentos de los gravámenes. La tarifa para los servicios de telefonía móvil quedará en 4%, pero estos tendrán un IVA del 16%, por lo que el impuesto total será del 20% como es actualmente. Con un impoconsumo del 8% quedaron los vehículos automóviles de tipo familiar y camperos cuyo valor sea inferior a los US$30.000. Con el fin de incentivar la economía de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se estableció un impuesto al consumo del 8% a los yates, barcos y aeronaves y se excluyeron del IVA. Esta medida incentivará a que las personas registren sus yates en el departamento y no en otras partes como en Panamá y Miami.

Ganancia ocasional cae a 10%

Uno de los objetivos de la reforma tributaria es sincerar las transacciones en el país y ponerlas sobre la mesa. Por esto se bajará la tarifa de la ganancia ocasional del 33% al 10%. Actualmente, hay una práctica común para evadir este gravamen, lo que ha llevado a que la gran mayoría de los activos estén subvalorados. Según el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, con una tarifa del 10% el bien quedará registrado con su valor comercial y no con un valor ficticio, figura que se ha venido usando para evadir el tributo. En la plenaria de Senado se definió que la ganancia ocasional se origina en herencias, legados, donaciones y lo percibido como porción conyugal. La reforma establece que los primeros $200 millones de una vivienda urbana o rural están exentos, así como un monto similar en la utilidad de venta de inmuebles bajo ciertas condiciones. Así mimo establecen las reglas para determinar el valor.

Se salvaron los dividendos

Luego de la plenaria del Senado, se salvaron los dividendos de pagar impuesto de renta con una tarifa del 5%, propuesta impulsada por los senadores Carlos Alberto Baena y Juan Mario Laserna, que luego se redujo al 2%. El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, afirmó que esta era inconveniente. “En Colombia hay una gran resistencia a la tributación de los dividendos. Ya las empresas pagan impuestos sobre utilidades, y no queremos gravar más una vez sean distribuidas entre los inversionistas”, dijo Cárdenas. El senador Baena había explicado que un impuesto del 2% a los dividendos era una manera de poner a tributar a los rentistas de capital, los cuales quedaron por fuera del Impuesto Mínimo Alternativo (Iman), el piso de tributación para personas naturales que se crea con esta reforma tributaria. En la Plenaria de la Cámara de Representantes fueron negadas las proposiciones que pretendían este impuesto.

Reducen renta a inversiones Offshore

Al cierre de esta edición, en la Plenaria de Senado se aprobó el artículo que plantea que a los inversionistas de capital del exterior de portafolio se les reduzca la tarifa del 33% al 25%. En el texto radicado, el artículo buscaba que el gravamen fuera del 14%. En el debate fue negada la proposición del senador Juan Mario Laserna que buscaba que se gravaran al 14%. El artículo 126 del texto de segunda ponencia de la reforma tributaria busca que aquellos inversionistas sean contribuyentes del impuesto “por las utilidades obtenidas en el desarrollo de sus actividades” y que su tarifa sea del 25% y no del 33% como lo es actualmente. El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, afirmó que la decisión fue producto de una discusión con los ponentes del proyecto de ley, y dijo que primó un criterio de equidad horizontal al unificar la tarifa con la de los colombianos del impuesto de renta que quedó en 25%.

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