La Ley del Montes | La ley y el orden

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POR OSCAR MONTES

@LEYDELMONTES

Los hechos ocurridos a comienzos de marzo en Los Pozos, Caquetá, donde perdieron la vida un agente de policía y un campesino, en medio de una asonada llevada a cabo, al parecer, por cerca de mil integrantes de la llamada “guardia campesina”, se vuelven cada día más complejos, puesto que no dejan de aparecer nuevas decisiones y declaraciones que hacen más difícil su esclarecimiento definitivo.

La decisión del juez 181 de Instrucción Penal Militar de ordenar la captura del coronel Javier Antonio Castro, comandante de Policía del Caquetá, por incurrir, presuntamente, en el delito de “omisión al llamado de auxilio”, produjo la reacción inmediata del presidente Gustavo Petro, quien escribió en su cuenta de Twitter, el pasado 23 de marzo: “Respondo ante el juez militar que juzga a mi jefe de Policía en el Caquetá por mis órdenes de no matar a la población civil”.

“Yo soy el comandante en jefe de las Fuerzas Militares –escribió Petro en Twitter–, soy el único responsable de las acciones en Los Pozos, Caquetá. No quiero jueces que presionen que se bombardeen niños, que haya falsos positivos, o se masacre a los manifestantes. Mis tropas jamás bombardearán niños”.

Luego concluyó su escrito con el siguiente mensaje: “Los mejores juristas internacionales serán contratados para defender a los oficiales de policía que defiendan los derechos humanos en Colombia”.

Pero el triste y lamentable episodio de Los Pozos, Caquetá, tiene otro capítulo también delicado y complejo: las declaraciones del director de la Policía, general Henry Sanabria, quien en declaraciones a Noticias Caracol afirmó: “El señor ministro Alfonso Prada, en su momento, fue de alguna manera constreñido por estas personas y supeditaron la entrega de los policías a que el señor presidente fuera y eso no iba a pasar. En segundo lugar, que si al documento, el protocolo a entregar, no le quitaban la palabra secuestro no los entregarían. Entonces el señor ministro dijo: coloquemos entonces lo que ustedes quieren. Pero es claro que fue un secuestro y así el señor ministro lo ha dicho”.

Esas graves afirmaciones del director de la Policía fueron desmentidas, sin embargo, por el ministro Prada, quien se ratificó en su versión inicial, según la cual lo que hubo en Los Pozos, Caquetá, fue un “cerco humanitario” y no un “secuestro”, como afirmó el general Sanabria a Caracol Televisión.

De manera que la decisión del juez contra el comandante de la Policía en el Caquetá, la reacción de Petro, las declaraciones del general Sanabria y la respuesta del ministro Prada en lugar de aclarar los graves hechos solo crean más confusión a lo sucedido en Los Pozos.

¿Qué pasó realmente en Los Pozos, Caquetá? ¿Está interfiriendo el presidente Petro en decisiones judiciales?

¿Qué papel jugaron el presidente y el ministro de Defensa?

No está en discusión quién es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares de Colombia. Es claro que esa responsabilidad recae única y exclusivamente en el presidente de la República, es decir, en Gustavo Petro. Por consiguiente es Petro quien debe asumir la responsabilidad de todas las acciones que desarrollen y ejecuten quienes porten armas y uniformes de nuestras Fuerzas Militares y de Policía.

¿Por qué Petro le recuerda al juez 181 de Instrucción Penal Militar quién es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares? Porque dicho funcionario ordenó la captura del comandante de la Policía del Caquetá por haber incurrido, al parecer, en el delito de “omisión al llamado de auxilio”, por parte de los 79 agentes de policía cuyas vidas corrían peligro, al encontrarse en estado de indefensión frente a sus captores, quienes serían integrantes de la llamada “guardia campesina”.

En otras palabras, Petro le dice al juez: como yo soy el comandante en jefe, soy yo quien debe responder. No obstante, la responsabilidad en este caso es individual y recae directamente en el alto oficial que no cumplió con su deber de asistir a sus compañeros, cuya vida corría peligro. Hay –sin embargo– una responsabilidad política, que también debe establecerse y que podría recaer tanto en el ministro de Defensa, Iván Velásquez, como en el propio prsidente, Gustavo Petro.

¿Quién responde? ¿El jefe que ordena no actuar o el subalterno que cumple?

La orden impartida por el presidente Petro al comandante de la Policía en el Caquetá de no actuar para auxiliar a los policías cuya vida estaba en peligro y quienes se encontraban en estado de indefensión debe ser objeto de una imparcial y profunda valoración. Para ello deben tenerse en cuenta múltiples circunstancias, como por ejemplo los llamados de auxilio de los uniformados, quienes clamaban a sus superiores una eficaz y oportuna ayuda: “¡La vida no vale nada. Ya nos mataron a un compañero y estamos sin munición…!”, exclama uno de ellos.

No asistir a quienes reclaman ayuda constituye, sin duda, una falta grave dentro de una institución castrense. De hecho, esa falta grave está tipificada como “delito de omisión al llamado de auxilio”. Por tratarse de una institución piramidal, donde existen mandos superiores que dan órdenes y subalternos que las cumplen, si la orden de no actuar la emite el “comandante en jefe” y quien la cumple es el subalterno, ¿quién debe asumir la responsabilidad de los hechos? El presidente parte de la base –así lo expresa en sus trinos– que la actuación de la Policía terminaría en la muerte de la población civil y no en el rescate de los 79 policías en poder de los campesinos, quienes los tenían en calidad de rehenes.

La separación de poderes debe preservarse y promoverse

Al escribir en su cuenta de Twitter, “no quiero jueces que presionen que se bombardeen niños, que haya falsos positivos, o se masacre a los manifestantes”, Petro no solo asume que hay jueces en Colombia que fomentan la comisión de graves delitos, sino que ejerce presión indebida en contra de la autonomía de quienes imparten justicia en el país. ¡Qué gran paradoja la de Petro al decir que no quiere “jueces que presionen”, al tiempo que los presiona! Una vez más hay que recordarle al presidente de la República que la separación de poderes es la columna principal del Estado Social de Derecho.

Debe tener presente el presidente que los jueces de la República no son subalternos suyos, como si sucede con los miembros de las Fuerzas Militares y de Policía. No está bien que Petro ejerza cualquier tipo de presión indebida, aún la más sutil, contra un juez de la República, quien debe obrar con absoluta independencia y solo basado en las pruebas que tenga en su poder y bajo su amparo. En el caso del comandante de la Policía del Caquetá, será el juez 181 de Instrucción Penal Militar quien determine su responsabilidad en los hechos ocurridos en Los Pozos, Caquetá, entre ellos los homicidios de un policía y un campesino. El primero de ellos fue degollado por los campesinos.

¿Estuvo secuestrado el ministro Prada?

No ha podido explicar con absoluta claridad el ministro del Interior, Alfonso Prada, su actuación en Los Pozos, Caquetá, el pasado primero de marzo. Cada explicación suya, con el propósito de despejar la gran cantidad de dudas que acompañan lo sucedido, solo crea más confusión. El famoso “cerco humanitario” del que se quiso valer para justificar su actuación carece de verosimilitud, pues los múltiples testimonios que se han escuchado corroboran que de lo que se trató fue de un secuestro.

Es decir, los 79 policías –a quienes les fue negado el auxilio– permanecieron por muchas horas en calidad de rehenes, en contra de su voluntad y en completo estado de indefensión, a merced de una multitud de campesinos. Eso se llama secuestro, aquí y en la Cochinchina. Punto. El llamado por Prada “cerco humanitario” no fue nada distinto a la agresión salvaje, violenta y cruel en contra de nuestros uniformados. ¿Cuál es el gesto “humanitario” que encontró el ministro Prada en esa acción criminal? La declaración del general Sanabria solo sirvió para ratificar la versión según la cual en Los Pozos no solo estuvieron secuestrados los 79 policías, sino también el ministro Prada. Y ese hecho agrava mucho más lo sucedido.

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