Las advertencias de la Fiscalía y la Procuraduría sobre la ley de sometimiento

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El fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, reiteró su preocupación por la ley de sometimiento que ya fue radicada por el ministro de Justicia, Néstor Osuna, en el Congreso de la República.

El fiscal enfatizó en que esta ley podría afectar la separación de poderes y la administración de justicia en Colombia.

«Este es un caso en donde es necesario garantizar que haya seguridad jurídica en Colombia», afirmó el Fiscal.

Barbosa cuestionó, entre otras cosas, que la ley obligue a la Fiscalía a entregar información clasificada al comisionado de Paz y advirtió que el Gobierno quiere disfrazar de proceso de paz un proceso de sometimiento.

«Quieren abrir un boquete y convertir el principio de oportunidad en un indulto y asimilar un proceso de paz a un proceso de sometimiento. (…) El artículo 29 dice que la Fiscalía está obligada, en la etapa de acercamiento, conversación y términos de sujeción, la Fiscalía aportará información a la oficina del alto comisionado para la Paz sobre indagaciones, investigaciones y procesos penales en curso contra los integrantes de la estructura armada organizada del crimen de alto impacto. ¿De dónde acá creen que la fiscalía hace parte de la rama ejecutiva del poder público?», dijo el fiscal.

Agregó que «buscan que la gente salga de las cárceles como una especie de proceso de paz de La Habana, pero dentro de un proceso de sometimiento”, alegó Barbosa.

El fiscal dijo que si quieren sacar a los narcotraficantes de las cárceles, lo digan de una vez y que se haga un jubileo en el Congreso de la República para enfrentar el debate de esa manera en el país: «Digan de una vez que quieren sacarlos a todos de las cárceles y de una vez entonces que hagan un jubileo en el Congreso de la República y que enfrentemos el debate de esa manera en el país y listo y no hay ningún problema».

Ante estas observaciones, el fiscal anunció que, en caso de que la ley sea aprobada, llevará esta batalla a la Corte Constitucional.

«Yo no me voy a quedar quieto dejando como el país se va desmoronando. Hay una serie de elementos que sí me permiten decir que hay una posible afectación a la separación de poderes, a una afectación a la administración de justicia y que, por supuesto, eso va en contravía de la Constitución. Lo que está ocurriendo es que, si esto llega a pasar en el Congreso, estaríamos ad portas del Estado de derecho. No me voy a quedar quieto y dejar que el país se desmorone”, añadió.

Lo que encontró la Fiscalía

En un comunicado, La Fiscalía planteó nueve observaciones al proyecto de ley de sometimiento a la justicia, con el que el Gobierno Nacional busca involucrar organizaciones criminales y grupos narcotraficantes en lo que se ha denominado ‘paz total’:

1. La Fiscalía en su integridad debe asumir la investigación y ejercer la acción penal sobre las personas que manifiesten su voluntad de sometimiento, y no debería limitarse este ejercicio a la Unidad Especial de Investigación (UEI), como está contemplado en el texto del proyecto.

Esta dependencia fue creada al amparo del Acuerdo de Paz de La Habana, por lo que cualquier atribución adicional que se le imponga excede el mandato constitucional que sentó sus bases de funcionamiento.

“La Fiscalía General de la Nación es la que aplicará el proyecto de sometimiento a la justicia, no una unidad especial dentro de la Fiscalía. Es la Fiscalía General de la Nación la que la aplicará en su integralidad, es decir, todas las unidades de la Fiscalía trabajaran en eso”, solicitó el Fiscal Barbosa Delgado.

2. Mayores tiempos procesales, en el entendido de que el Gobierno Nacional propone términos cortos que imposibilitan un estudio profundo y una investigación detallada que permita acceder a la verdad.

“No nos permiten hacer corroboración y contrastación probatoria. ¿Qué significa eso? Que una vez se den las actas individuales y colectivas de sujeción que se tienen que firmar ante el Alto Comisionado para la Paz nosotros tenemos que tener tiempos suficientes para contrastar esa información con lo que ellos dicen, pero también con lo que nosotros tenemos sobre ellos para saber si hay verdad o no hay verdad, si se aprueban o no se aprueban esas personas o si están diciendo mentiras o no”, explicó el Fiscal General de la Nación.

3. No limitar las formulaciones de imputación. La Fiscalía debe tener la potestad de investigar otras conductas que no sean puestas en conocimiento por las personas que se sometan.

“Las imputaciones no se pueden limitar solamente a las actas que firman allá. Las imputaciones así excluyen conductas que no estarían reconocidas en la imputación y que están en la Fiscalía. Por ejemplo, delitos que se hubiesen cometido, que nosotros sepamos, pero que ellos no digan en el acta, entonces implicaría que nosotros continuemos la investigación penal, así ellos hubiesen firmado un acta”, detalló el Fiscal General.

4.Topes en extinción de dominio, es decir, que los bienes afectados con medidas cautelares, que estén vinculados a procesos ante los jueces o a cargo de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) no pueden hacer parte de las negociaciones de las organizaciones criminales. De esta manera, debe garantizarse que presenten bienes que no estén afectados.

“Los topes de extinción de dominio ajustarlos al Código de Extinción de Dominio, artículo 133. Señalar que bienes que ya tiene la justicia no hacen parte de lo que ellos van a entregar porque ya los tenemos. Es decir, 26 billones de pesos ya no entran dentro de eso porque eso hace parte de lo que la justicia colombiana ha hecho en los últimos tres años en esta Fiscalía”, dijo el Fiscal Barbosa Delgado.

5. La Fiscalía no debe aprobar listados ni verificar el cumplimiento de obligaciones, pues no es la función constitucional que le fue asignada. A la Fiscalía le corresponde investigar.

“No hace parte de nuestra función constitucional, para poderlo decir, tendría que modificar la Constitución Política porque nuestra función constitucional artículo 250, es la de ser la titular del ejercicio de la acción penal y se desvía de nuestra función”, aseguró el Fiscal General de la Nación.

6. La aplicación total del principio de oportunidad, entendida como inmunidad penal, se debe otorgar luego de que el aspirante a este mecanismo cumpla todos sus compromisos de verdad y colaboración efectiva.

“(…) no se regala la zanahoria hasta tanto no se cumpla el compromiso de restauración porque si uno da la zanahoria, pues se la comen antes. Entonces hay que dar la zanahoria, pero parcialmente. Cuando cumplan se las damos totalmente. Es decir, principio de oportunidad suspensivo”, enfatizó el Fiscal Francisco Barbosa Delgado.

7. Las víctimas deben ser protegidas. En el proyecto no existe una ruta de atención, reconocimiento o reparación a las víctimas.

“Las víctimas no pueden quedar desprotegidas. ¿Qué quiere decir? Que el proyecto de ley no tiene esquema de reparación de las víctimas ni el rol de las víctimas en el proceso”, señaló el Fiscal General.

8. Respeto por el principio de cosa juzgada para no dar espacio a que se modifiquen o alteren sentencias que están en firme.

“Van a darse sentencias colectivas, pero dice el proyecto que si aparecen nuevos hechos atribuibles a personas que están en la sentencia, se abre la sentencia y se incluye el hecho atribuible. Es raro y nunca lo había visto desde mi función como abogado. Sentencia que se produce, sentencia que se cierra, que queda ejecutoriada. Por ende, sentencia que se firmó por parte de un juez, no puede desconocérsele su intangibilidad. Por eso, ese artículo, es un artículo que tiene que modificarse”, indicó el Fiscal General de la Nación.

9. No aplicación del principio de oportunidad al delito de concierto para delinquir por delitos graves, entiéndase infracciones a los derechos humanos y a la dignidad de las víctimas.

“No es posible aplicar principio de oportunidad, a nuestro juicio, frente al concierto para delinquir por delitos graves, porque hay una sentencia de la Corte Constitucional que dice que el Estado no puede inhibirse frente a investigaciones de derechos humanos, y en estos casos esos conciertos para delinquir podrían estar implicando esas circunstancias”, agregó.

Qué dice la Procuraduría

Por su parte, la Procuradora, Margarita Cabello, aseguró que en la Ley de Sometimiento que adelanta el Ministerio de Justicia para estructuras criminales tiene un «mico». Agregó que se vería beneficiados los victimarios en el tema de no extradición.

«Debe haber algunas limitaciones normativas para que estos grupos criminales se entreguen y puedan acceder a esas penas máximas de ocho años», dijo la Procuradora.

La procuradora advirtió que este proyecto no cuenta con una exposición adecuada. «Es importante que haya una explicación previa antes de realizar un proyecto de Ley en donde se explique con estadísticas por qué este proyecto protege más a los victimarios que a las víctimas», dijo.

Agregó que el proyecto no tiene unos objetivos claros que aseguren los derechos de las víctimas, pues para reclamarlos tendrán que afrontar un proceso civil que no protegerá a las víctimas y que si desconocerá sus derechos individuales.

También criticó la posibilidad de otorgar un principio de oportunidad, con cero penas «a quienes realicen actividades delictivas como concierto para delinquir, ejemplo con fines de masacres, narcotráfico, asesinato de líderes sociales y nos preocupa que ese principio de oportunidad sea tan lapso y tan débil”, concluyó.

Con información de  Blu Radio y de asuntos legales

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