CPB rechaza denuncia penal contra periodistas por caso Colmenares

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BOGOTA, 26 de Noviembre ­_RAM_ La Comisión de Ética del Círculo de Periodistas de Bogotá (CPB), rechazó  hoy la decisión de la fiscalía de solicitar investigaciones penales contra periodistas y medios de comunicación, por presunta violación de la reserva sumarial en el caso  de la muerte joven universitario Luis Andrés Colmenares.

El pronunciamiento fue hecho a raíz de la solicitud de la Fiscal Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia Martha Lucia Zamora de investigar al diario El Espectador y al Portal Kien&Ke, por haber publicado informes sobre la declaración que formuló un testigo reservado, sin haber sido escuchado dentro del proceso, violando según ella, una prohibición del juez.

La Comisión de Ética determinó que la obligación de los periodistas y de los medios de comunicación es publicar noticias ceñidas estrictamente a la verdad de los hechos y obtenidas legalmente.

“Queda comprobado en los propios videos allegados por la fiscalía y los documentos analizados, que los periodistas de EL ESPECTADOR y de KIEN&KE, en ningún momento trasgredieron la reserva del sumario del proceso en mención. Las versiones recogidas no fueron obtenidas mediante mecanismos ilegales”, afirma la declaración  de la Comisión de ética del CPB, y agrega:

“ La versión del testigo publicada por el portal KIEN&KE fue entregada por alguna de las partes intervinientes en el proceso penal –las únicas que la conocían- y es a ellas a quienes corresponde mantener la reserva sumarial”.

La Comisión reiteró el derecho consagrado en el artículo 20 de la Constitución Nacional  que asiste al periodista de informar libremente de hechos verídicos presentados objetivamente.

En consecuencia  reafirmó que “ la libertad de prensa y de expresión, se fundamentan en que el periodista diga la verdad y solamente la verdad,  premisas desde las cuales, una versión de un testigo, corresponde única y exclusivamente a su absoluta responsabilidad.”

El texto completo de la declaración es el siguiente:

 

COMISIÓN DE ÉTICA DEL CÍRCULO DE PERIODISTAS DE BOGOTÁ (CPB)

PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESION EN EL CASO COLMENARES.

CONSIDERACIONES

La Comisión de Ética del Círculo de Periodistas de Bogotá (CPB) recibió solicitud formal por parte de la Fiscal Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, doctora Martha Lucía Zamora Ávila, para que, con base en la decisión adoptada como ÓRDENES DE FISCAL, con fecha del 2 de octubre del año en curso, bajo el No. 110016000000201200141, “se investigue disciplinariamente a los periodistas y medios de comunicación encargados de difundir información reservada así como del incumplimiento a la orden impartida por el Juez 11 Penal del Circuito Adjunto de Bogotá con funciones de conocimiento, en perjuicio de la Administración de Justicia’’.

Que una vez conocida dicha solicitud, la Comisión de Ética del CPB se reunió para avocar el conocimiento de los hechos y pormenores expuestos por la doctora Zamora Ávila, y en consecuencia, por intermedio de la Secretaría de la Comisión, se requirió a la propia Fiscalía, para que hiciera llegar a esta Comisión los documentos que considerara necesarios a fin de adelantar la investigación requerida.

Que al amparo del mismo tenor, se solicitaron copias de las noticias publicadas  en el diario EL ESPECTADOR sobre el mencionado caso y, adicionalmente, se procedió a conocer de fondo, la posición de ese matutino tiene sobre la solicitud elevada por dicha Fiscal, para que se investigara penalmente al citado órgano de prensa, en cabeza de su director, Fidel Cano Correa, y de paso, a los periodistas que publicaron y confrontaron con las versiones de otros testigos, la declaración entregada a la fiscalía por  el testigo, identificado como Jesús Alberto Martínez Durán, dentro del sonado y conocido caso judicial, por la muerte del estudiante Luis Andrés Colmenares.

Que igualmente se le hizo solicitud sobre los mismos aspectos, a la directora de la página web Kien&Ke, María Elvira Bonilla, en cuya publicación también apareció la versión completa entregada a la fiscalía por  el testigo Martínez Durán, antes de que la misma fuera publicada en el periódico EL ESPECTADOR, sin que hasta la fecha, la directora de dicho portal hiciera llegar los documentos o descargos sobre los hechos materia de la investigación.

Que la Fiscalía envió a la Comisión de Ética del CPB toda la documentación pertinente e inherente al caso referido en estas consideraciones, incluyendo grabaciones televisadas de los momentos en que se debatió el tema de la reserva del sumario del proceso penal  y la forma en que deben actuar los periodistas en cumplimiento de su deber.

Que como bien se puede apreciar, dentro de los debates respecto de la libertad de prensa y libre expresión, consagradas en la Constitución Política de Colombia, queda bien claro dentro de la documentación allegada a esta Comisión tanto por la fiscalía como por el diario EL ESPECTADOR, que la vulneración de la presunta reserva del sumario no corresponde a la actividad periodística que en este caso adelantaron los  periodistas de EL ESPECTADOR, sino a quienes de una u otra manera tenían conocimiento de tal información.

Que el ejercicio del periodismo se basa en difundir la verdad sobre hechos noticiosos de cualquier índole que sean ciertos y comprobables y los cual deban ser conocidos por la opinión pública.

Que igualmente se deduce que la versión del testigo publicada por el portal KIEN&KE fue entregada por alguna de las partes intervinientes en el proceso penal –las únicas que la conocían- y es a ellas a quienes corresponde mantener la reserva sumarial.

Que la Comisión de Ética del CPB, no ejerce acciones disciplinarias y su tarea es vigilar y analizar los actos que se derivan de la plena vigencia y aplicación de la libertad de prensa y de expresión, con el objetivo de que el ejercicio del periodismo  alcance  los más altos valores éticos.

Que queda comprobado en los propios videos allegados por la fiscalía y los documentos analizados, que los periodistas de EL ESPECTADOR y de KIEN&KE, en ningún momento trasgredieron la reserva del sumario del proceso en mención. Las versiones recogidas no fueron obtenidas mediante mecanismos ilegales.

Que adicionalmente, el sistema penal colombiano moderno, con su juicio de oralidad y la presencia en los recintos de las audiencias de público en general, no permite una absoluta reserva sumarial de los hechos, confesiones, testimonios y demás elementos procesales.

Por todo lo anterior, La Comisión de Ética del Círculo de Periodistas de Bogotá (CPB), atendiendo lo determinado por la Constitución Política de Colombia, las leyes, su Código de Ética y demás normas sobre la libertad de prensa y de expresión en el país,

 

RESUELVE

 

PRIMERO: Concluir que la actuación de los periodistas que tuvieron a su cargo la redacción de las noticias publicadas  en dichos medios de prensa, no violaron la reserva del sumario.

 

SEGUNDO: Desestimar, por injustificadas, las razones expuestas por la fiscalía para solicitar una acción penal contra los medios periodísticos EL ESPECTADOR y KIEN&KE y sus periodistas.

 

TERCERO: Reafirmar que la libertad de prensa y de expresión, se fundamentan en que el periodista diga la verdad y solamente la verdad,  premisas desde las cuales, una versión de un testigo, corresponde única y exclusivamente a su absoluta responsabilidad.

 

Bogotá D.C., 26 de noviembre de 2012

 

COMISIÓN DE ÉTICA DEL CÍRCULO DE PERIODISTAS DE BOGOTÁ (CPB)

 

ANA MARIA ALZATE RONGA                                   ANTONIO ANDRAUS BURGOS

JAIRO FERNANDO ZARAMA                                    JORGE A. SANCHEZ VARGAS

CARLOS PIÑEROS BENITEZ

JAVIER BAENA PARDO

Secretario de Ética

 

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