BOGOTA, 27 de Septiembre _ RAM_.. Piden que se suspenda el contrato y que se le ordene al Ministerio de Minas demandar su nulidad. Contrato violó normas que prohíben que las concesiones se extiendan por más de 30 años. También lesiona el patrimonio público.
Los congresistas Maritza Martínez, Nora García Burgos, Daira Galvis, Bernardo Miguel Elías Vidal, José David Name, David Barguil, Félix José Valera, Rafael Antonio Madrid, Milton Rodríguez, Jorge Enrique Robledo y Eugenio Prieto, junto con el académico Álvaro Pardo y Mario Valencia, de la Red Colombiana frente a la Gran Minería Trasnacional, radicaron una acción popular contra el contrato de Cerro Matoso que le permite a BHP Billiton explotar las minas de níquel hasta el 2029.
Los demandantes pretenden que la justicia ordene al Ministerio de Minas demandar la nulidad del contrato 051 de 1996 y que se suspendan las cláusulas que extendieron las concesiones hasta el año 2029, con la posibilidad de prorrogarlas hasta el 2044.
La acción popular señala que el contrato 051 viola la moralidad administrativa y lesiona gravemente el patrimonio público. Las normas que rigen las concesiones de Cerro Matoso prohíben que las minas se exploten por más de 30 años, período que se vence el próximo 30 de septiembre. Para saltarse esta prohibición, en 1996 Cerro Matoso suscribió el contrato 051, en el que se pactó que las áreas concesionadas se incorporarían a este contrato después del 30 de septiembre, con lo que se extendieron de manera ilegal los contratos de concesión.
Además, el contrato lesiona el patrimonio público, pues pactó que por el arrendamiento de unos activos que están valorados en 1,3 billones de pesos, Cerro Matoso pagaría un canon equivalente al 1,25% de sus utilidades netas. Si se tienen en cuenta las utilidades de los últimos años, el canon equivaldría a 140 millones de pesos mensuales, tan solo el 0,13% del valor de los activos, muy por debajo del rendimiento del arrendamiento en el mercado inmobiliario, que está entre el 5 y el 10% del valor de los inmuebles. “es como si un propietario de una vivienda avaluada en 1.400 millones de pesos, la arriende al mes por 146.832 pesos”, señala la acción popular.
Los demandantes aclararon que el reciente concepto del Consejo de Estado no analizó estos argumentos, dado que el gobierno no incluyó estos temas en la consulta. Por esta razón, el concepto no desvirtúa los argumentos de la demanda.
El senador Jorge Enrique Robledo explicó que, luego de que el juez admita la acción popular, cualquier ciudadano puede intervenir en el proceso para coadyudar la demanda. En este sentido hizo un llamado a los colombianos a que participen en el proceso para evitar un nuevo raponazo de los recursos naturales