Bogotá, 29 de mayo_ RAM_ Este miércoles la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó las objeciones que fueron presentadas por el presidente Iván Duque a seis artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, (JEP).
En ese mismo sentido, el tribunal ordenó al Presidente Duque que sancione la ley estatutaria de la JEP, el sustento jurídico de la justicia transicional para su operación.
Según la Corte las objeciones se hundieron en el Congreso cuando se registró en la plenaria del Senado 47 votos en contra de las objeciones, con lo que si existió quórum para el trámite. La ponencia estuvo a cargo del magistrado Antonio José Lizarazo.
La Corte también tuvo en cuenta la lista de los senadores que no asistieron o que se retiraron de las plenarias de las sesiones en donde se votaron las objeciones.
La sentencia C 080 de 2018, que se refiriere al quórum que debe haber en el Congreso para este tipo de casos, dio pie para que la Corte señalara que se debe descontar de la votación o el conteo a quienes se les ha declarado la ‘silla vacía’, situación de dos senadores: Aída Merlano, quién está detenida, e Iván Márquez, que nunca se posesionó como congresista.
Días atrás la Corte Constitucional por medio de un auto solicitó al Congreso, la lista de los senadores que no asistieron a las plenarias durante las votaciones a las objeciones que hizo el presidente Duque a la ley estatutaria de la JEP.
Con este auto, la Corte pide formalmente las órdenes del día de las sesiones plenarias del 24 de abril al el 2 de mayo de 2019.
Dicho documento dice que: “De los nombres de los senadores ausentes de las sesiones plenarias en las que se votaron los informes sobre las objeciones formuladas por el Presidente de la República al proyecto de la ley estatutaria de la JEP, indicando respecto de cada uno de ellos las razones de excusas invocadas”.
Y agrega que: “tales como no haber tomado posesión del cargo, incapacidad física debidamente comprobada, cumplimento de una comisión oficial fuera de la sede del Congreso o autorización expresa por la Mesa Directiva o el Presidente de la Corporación”.
Como se sabe, el Senado de la República no decidió aprobar ni rechazar las seis objeciones del presidente Duque a la Ley Estatutaria de la JEP, debido a que no se alcanzaron los votos suficientes ello.
Por lo tanto, Ernesto Macías, presidente de la corporación, decidió enviar a la Corte Constitucional la falta de decisión del Senado, para que sea este alto tribunal el que de solución a las objeciones del presidente de la República.
El senador por el Partido de la U, José David Name Cardozo expresó esta tarde en la Plenaria del Senado su postura acerca de las objeciones del Presidente Iván Duque al Proyecto de Ley Estatutaria de la JEP que se estudia actualmente en esta corporación.
Ahora, la sala plena de la Corte Constitucional decidió que el magistrado Antonio José Lizarazo, sea el ponente ante el tribunal de las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz (JEP).