Fallo de Tribunal Superior de Bogotá es político e inconstitucional, dice gobierno colombiano

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Más vale tarde que nunca. Al fin el Gobierno Nacional empezó a entender las verdaderas implicaciones del fallo del Tribunal Superior de Bogotá en que no sólo ratifica la condena en contra del Coronel Plazas por la retoma del Palacio de Justicia en 1985, sino que abre la puerta para que la Corte Penal Internacional entre a juzgar al Presidente y los expresidentes colombianos con la disculpa de una supuesta “ausencia de justicia” que los favorece.

En los alcances de su sentencia, el Tribunal exhorta al Fiscal General ante la Corte Penal Internacional para que presente el caso ante ese organismo: “Ante la inexistencia de pronunciamientos por parte de las autoridades judiciales que determinen la posible responsabilidad que en estos delitos pueda tener el ciudadano Belisario Betancur, Presidente de la República para la época de los hechos y atendiendo a lo inane que resulta la compulsa de copias (a la Comisión de Acusación), se dispone exhortar a don Luis Moreno Ocampo o quien haga las veces de Fiscal Principal ante la Corte Penal Internacional, para que considere presentar el caso ante dicho organismo e impida la consolidación de la impunidad que brinda el fuero que protege al expresidente de la República en el ámbito interno”.

Aunque manifestó su respeto y acatamiento de la decisión, el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, consideró que el fallo del Tribunal de Bogotá “no tiene naturaleza judicial sino política”, “desconoce” la Constitución, y “deslegitima” el sistema de administración de justicia colombiano.

Esguerra no ocultó su “profunda preocupación de Estado de Derecho”, pues considera que pedir la intervención de la Corte Penal Internacional, es considerar que en el caso del Palacio de Justicia, no ha habido “una acción de la justicia colombiana”.

Exhortar a la Corte, dice Esguerra a nombre del gobierno nacional, “no tienen naturaleza judicial sino política. Tal afirmación implica desconocer que el artículo 116 de la Constitución le confiere expresamente al Congreso «determinadas funciones judiciales» -por supuesto, con ese inequívoco y perentorio carácter-“.

Para el gobierno, el Tribunal, con su decisión, “deslegitima de paso, ante propios y extraños, un sistema de administración de justicia que ha sido una constante en la historia constitucional colombiana, en la medida en que supone que por esa vía no se administra justicia en relación con los altos funcionarios para quienes ella está instituida”.

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