Circunscripciones de Paz pasa a plenaria de Cámara

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Bogotá, 26 de septiembre_ RAM_ «Con este acto legislativo se ha buscado una reparación territorial», afirmó el ministro del Interior, Guillermo Rivera, quien explicó que esta reparación es con las zonas del país que, por su condición geográfica y como consecuencia del conflicto armado, se empobrecieron.

El ministro explicó que «el Gobierno acogió una fórmula objetiva para escoger los 167 municipios» donde habrá Circunscripciones Especiales, como las cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, del Departamento Nacional de Planeación, DNP, y la Unidad de Víctimas sobre el mayor número de víctimas y el índice más alto de pobreza, entre otros.

El jefe de la cartera política reiteró que «el partido político que surja de las Farc no puede presentar candidatos, ningún desmovilizado puede aspirar a una curul y ningún candidato de un partido político se puede presentar».

Estas circunscripciones están conformadas por municipios del Valle del Cauca, Arauca, Antioquia, Norte de Santander, Caquetá, Chocó, Meta, Bolívar, Cauca, Nariño, Putumayo, Cesar, Bolívar, Córdoba y Tolima, respectivamente, y tendrán reglas especiales para la inscripción y elección de candidatos.

Las campañas tendrán financiación preponderantemente estatal y acceso a medios regionales. También habrá mecanismos dirigidos a garantizar la transparencia del proceso electoral y la libertad de los electores, respectivamente, por medio de Tribunales Electorales Transitorios de Paz que se pondrán en marcha, tres meses antes de las elecciones.

A su vez, los candidatos solo podrán ser inscritos por organizaciones de víctimas, grupos significativos de ciudadanos, campesinos, organizaciones sociales y de mujeres.

Otras condiciones para ser candidato es que deben habitar en el territorio de la circunscripción los tres años anteriores a la fecha de votación, mientras que los desplazados tendrán que habitar en el lugar, al menos tres años consecutivos. Los aspirantes no podrán realizar alianzas ni coaliciones y, de llegar a hacerlo, perderán su curul.

Así mismo, esta iniciativa señala que el Presidente de la República podrá suspender elecciones por motivos de orden público.

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