Gobierno sanciona decreto que reglamenta la ley de suelo urbanizable

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 CARTAGENA, 16 de Junio_ RAM_ El Presidente de la República, Juan Manuel Santos, en compañía del Ministro de Vivienda, Germán Vargas Lleras, firmó hoy el decreto mediante el cual el Gobierno Nacional reglamenta la Ley de Suelo Urbanizable, expedida en diciembre del año pasado.

El Decreto les abre paso a los Macroproyectos de Interés Social Nacional (MISN) de segunda generación, los cuales son una herramienta clave del Gobierno Nacional para luchar contra la pobreza y la iniquidad y encauzan adecuadamente los procesos de urbanización.

«Con los macroproyectos incrementaremos la oferta formal de vivienda y garantizaremos que las familias de menores ingresos puedan acceder a una solución de vivienda digna», explicó el Ministro de Vivienda, Germán Vargas Lleras.

La norma establece la ejecución de tres tipos de Macroproyectos: Metropolitano o Regional, Urbano a Gran Escala y Urbano. Los primeros están orientados a la solución del déficit de los municipios cercanos a las grandes capitales (300.000 habitantes) o áreas metropolitanas y que cuenten en su conjunto con un déficit mayor a 20.000 viviendas.

El segundo tipo atenderá el déficit de las principales capitales y grandes centros urbanos del país (municipios de categoría especial, 1 o 2, que cuenten con un déficit cuantitativo urbano superior a 3.000 viviendas).

Y, por último, los de carácter Urbano atenderán el déficit de las ciudades medianas (municipios de categorías 2, 3, 4, 5 o 6 y que cuenten con un déficit cuantitativo urbano superior a 2.500 viviendas).

El Decreto también contempla criterios de focalización territorial para los macroproyectos, porcentajes mínimos de área útil y determina la Vivienda de Interés Social (VIS) o la Vivienda de Interés Prioritaria (VIP), de acuerdo con el impacto que genere la operación en la solución del déficit de vivienda.

Todas estas medidas permiten agilizar los trámites que garanticen la habilitación de suelo para la construcción de vivienda y otros usos asociados a la vivienda, y la correspondiente infraestructura de soporte para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos, espacios públicos y equipamientos colectivos.

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