Militares juzgados por tribunal de paz cumplirán penas en guarniciones castrenses: De la Calle

Compartir:

Sobre la diferencia en la jurisdicción de paz para guerrilleros y militares, el jefe negociador del Gobierno Humberto De la Calle, explicó que el sistema es uno solo que cobija a guerrilleros, agentes del estado y no combatientes que hayan favorecido acciones criminales.

Para el caso de los agentes del estado hay particularidades, como por ejemplo la de sitios de privación de libertad, ésta se dará en guarniciones militares“, explicó.

Espero que esta misma semana tengamos un pronunciamiento de los ministros de Defensa y de Justicia sobre los mecanismos para los agentes del Estado“, agregó.

Las sanciones

De la Calle se refirió a las 3 hipótesis en materia de sanciones y dijo que hay dos carreteras: los que reconocen y los que no reconocen.

Estos a su vez generan dos carreteras como es lo que reconocen pero tardíamente y tendrán de 5 a 8 años de cárcel. Los que no van a reconocer nunca, tendrán pena privativa de la libertad efectiva en cárceles“, explicó.

De acuerdo con De la Calle, cuando cuenten en la comisión de la verdad todo lo que sepan y que esto sea efectivo, tendrán las condiciones de restricción efectiva.

Restricción efectiva de la libertad

En el acuerdo de víctimas y justicia la restricción efectiva significa que “haya mecanismos idóneos de monitoreo y supervisión para garantizar el cumplimiento de buena fe de las restricciones ordenadas por el tribunal, de tal modo que esté en condición de supervisar oportunamente el cumplimiento, y certificar si se cumplió“, leyó el jefe negociador del Gobierno.

Humberto de la Calle explicó en ese punto que para cada caso quien define qué debe hacer, dónde y cómo, le corresponderá al tribunal especial para la paz.

Sobre el sitio de la restricción de libertades que también definirá el tribunal, De la Calle explicó que cuando haya colaboración plena del guerrillero y se compruebe que es así, habría que entender que hay un elemento fundamental de reparación y habría que dar un sitio en el que pueda desplazarse para ejercer su acción reparadora como en el caso de desminado.

Humberto de la Calle sostuvo que la justicia transicional es el mecanismo adecuado para un proceso serio y justo tanto para guerrilleros como para los agentes del Estado.

Agregó que tan pronto empiece a funcionar la jurisdicción especial, quienes quieran colaborar deberán de inmediato ponerse a disposición del tribunal y empezar a colaborar para que se pueda confrontar la verdad del guerrillero y si todo es real, se aplicarán las sanciones con carácter reparador.

Cuando esto no sea así y se haga ‘el loco’ y dilate, aunque informe, se le dará de 5 a 8 años de cárcel y cuando no diga nada, ni colabore con nada, se expondrá a pena de 15 a 20 años de cárcel en sitio de reclusión carcelaria“, precisó De la Calle.

Compartir: