La Corte Constitucional dejó en firme la decisión del Tribunal de Arauca que aseguró que fue un «exceso» incluir como víctimas del jefe guerrillero a 17 civiles que murieron durante los hechos ocurridos del 12 al 15 de diciembre de 1998, durante el bombardeo al caserío de Santo Domingo, en Tame (Arauca).
El alto tribunal aclara que la Fiscalía acusó ante un juez de Arauca a alias Germán Suárez Briceño o ‘Grannobles’ por la muerte de nueve militares y heridas a otros 16, sin embargo, no lo responsabilizó por la muerte de civiles. Aún así el juez condenó al desaparecido jefe guerrillero a 53 años de cárcel por la totalidad de las víctimas.
«Es evidente que el juez de Arauca rompió el principio de congruencia«, indica la Corte Constitucional. De hecho, para cuando fue condenado «Grannobles» en primera instancia había una sentencia en firme contra miembros de la Fuerza Aérea que lanzaron la bomba cluster, quienes fueron procesados por la muerte de civiles.
La decisión de la Corte corresponde a un fallo de tutela, cuya accionante es Alba Janeth García Guevara, una víctima civil que en marzo del 2012 pidió revisar el fallo al considerar que el juez incurrió en error procedimental al emitir una decisión sin tener competencia.
«En este caso, quienes, como la accionante, fueron victimas de la masacre de Santo Domingo también se han visto afectados por la sentencia del Juzgado de Arauca que condenó a alias ‘Grannobles’ pues el crimen que fue objeto del pronunciamiento incongruente tuvo carácter masivo, generalizado y por ende la modificación irregular de la versión de lo ocurrido cambia la historia, no solo de la peticionaria sino de todos», dice la Sala Octava de Revisión, en un fallo con ponencia de Luis Ernesto Vargas.
Para la Corte, la verdad tiene una dimensión colectiva que busca el restablecimiento del derecho de toda la comunidad y se les reconoce y protege como pueblo.
Aún resta que la Corte Suprmea de Justicia revise en casación el proceso contra los uniformados Germán David Lamilla Santos y Sergio Andrés Garzón.