Cámara, de momento, se niega al ‘Plan B’ de cárcel para conductores borrachos

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BOGOTÁ, 29 de Mayo_ RAM_....  La discusión es si un conductor ebrio busca cometer un delito, y si con  su conducta pudo evitar el accidente.

De nuevo –de momento– la Cámara de Representantes se negó a la posibilidad de imponer castigos a los conductores borrachos del país.

Aunque el Partido Liberal promovió un ‘Plan B’ dentro del proyecto de reforma a la justicia para castigar a quienes conducen sus vehículos bajo el efecto del licor, en la ponencia radicada este martes en la comisión primera para la discusión en séptimo debate en esa corporación, se excluyó el artículo que establecía una medida contra los irresponsables al volante.

El representante Roosvelt Rodríguez Rengifo, ponente del proyecto, explicó que se eliminó de la ponencia el artículo que establecía que se pudiera conducir a alguien que en un estado de drogadicción o alicoramiento pudiera hacerse daño o pudiera causarle daño a alguien.

Según él, nunca ha existido una idea concreta de detención para quienes sean sorprendidos en un estado de drogadicción o alicoramiento.

Así las cosas, la ponencia que será discutida este miércoles en la comisión primera no establece la posibilidad de castigar a los conductores ebrios, como se anunció la semana pasada.

El Plan B de momento frustrado

La semana pasada se anunció que la reforma a la justicia incluye la posibilidad de que se aplique detención de al menos 36 horas a quienes manejen sus vehículos bajo el efecto del licor; esto luego de que la Cámara hundiera el proyecto del partido MIRA.

El presidente de la comisión primera del Senado, Luis Fernando Velasco, explicó que en el acto legislativo se le sube el perfil al Código de Policía.

“Creemos que un conductor ebrio tiene que ir por lo menos a dormir la borrachera y el guayabo a una estación de Policía en un sitio en donde pueda reflexionar claramente en un calabozo por haber puesto en riesgo a la sociedad y a él mismo”, aseguró.

Según él, no habrá necesidad de ir a ningún proceso y será una actuación administrativa, donde no hay que hacer una “gran demostración” de que la persona estaba en estado de embriaguez.

“Con demostrar que la persona estaba borracha, la Policía al amparo del Código de Policía podrá conducirlo por 36 horas para reflexionar lo que hizo”, señaló Velasco.

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