Infractores de tránsito aún pueden acogerse al descuento del 50% en comparendos

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Como parte de la política de Movilidad Humana de adecuar procedimientos para estar más cerca al ciudadano, la Secretaría iniciará una nueva fase de la campaña LOS CONDUCTORES ESPERABAN ESTA SEÑAL, con la cual se invita a todos los deudores por concepto de comparendos a ponerse al día y tener la posibilidad de obtener un 50% de descuento sobre el valor total de la deuda.

Cabe recordar que este descuento del 50% está estipulado en la Ley 1450 de 2011, la cual da como plazo máximo para acogerse al beneficio el 15 de diciembre de 2012 y aplica para los comparendos impuestos con anterioridad al 16 de marzo de 2010. Para hacer efectivo el descuento es requisito indispensable la realización del curso sobre normas de tránsito, que desde el mes de abril del presente año se están dictando nuevamente en la Secretaría de Movilidad.

Durante el 2011 una cifra cercana a las 200.000 personas se pusieron al día en sus deudas por concepto de comparendos impuestos antes del 16 de marzo de 2010 y se realizaron cerca de 40.000 acuerdos de pago, razón por la cual ya se tienen listos todos los recursos físicos, técnicos y humanos para atender a todos aquellos que durante la campaña pasada no pudieron acceder al servicio.

Gestión de recuperación de cartera SDM

La Secretaría Distrital de Movilidad tiene estipulados varios procedimientos para la recuperación de cartera por concepto de deudas por comparendos, estos procedimientos se pueden reunir en dos tipos de procesos; la gestión de cobro persuasivo y la gestión de cobro coactivo.

Cobro Persuasivo: El cobro persuasivo se puede definir como las acciones de «invitación» que se le hace a los ciudadanos para que se pongan al día en el pago de comparendos; estas acciones se llevan a cabo de manera permanentemente por parte de la entidad informándoles a las personas sobre los comparendos impuestos y los beneficios a los que puede acceder, ya sean los comparendos impuestos física o electrónicamente.

Los medios a través de los cuales los ciudadanos pueden informarse sobre su situación en el tema de comparendos son:

• Línea 195.

• PBX SDM 3649400.

• Página web www.movilidadbogota.gov.co módulo Consulta Acuerdos de pago y pago de comparendos.

• SuperCADE virtual.

• Puntos integrales de trámites y servicios SIM

Aquí es importante recordar que si a un ciudadano le imponen un comparendo puede obtener un 50% de descuento si lo cancela y realiza curso pedagógico dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición del mismo.

Puede acceder a un 25% de descuento si paga y realiza el curso pedagógico entre el día 6 y el día 20 hábil siguiente a la imposición.

Si no realiza el curso y el pago en las fechas estipuladas se deberá pagar el 100% del comparendo

Para los comparendos impuestos por medios electrónicos se deben tener en cuenta los plazos establecidos a partir de la fecha de notificación.

Cobro Coactivo: El cobro coactivo es la gestión que se realiza cuando el ciudadano, cumplido todos los plazos para ponerse al día en el pago de comparendos, no se ha acercado a solucionar su situación.

Es importante decir que a una persona morosa por concepto de comparendos se le puede realizar una acción de embargo de bienes muebles o inmuebles y posteriormente un proceso de captura de vehículo y una diligencia de secuestro del mismo o también secuestro de un inmueble.

¿En qué consiste una captura y una diligencia de secuestro?

La Captura se realiza a vehículos y consiste en la aprehensión del mismo que hace la Policía Nacional para luego ser trasladado a un patio destinado para tal fin, desde este momento el propietario no puede hacer uso del vehículo hasta tanto no cancele las obligaciones pendientes con la SDM y los gastos del servicio de patios.

La diligencia de secuestro es un proceso posterior a la captura, en donde se levanta un acta por parte de un secuestre (persona encargada de la administración de los bienes, designado de la lista de Auxiliares de Justicia), que contiene fecha, hora de la diligencia, nombres funcionarios que hacen parte de la diligencia, identificación del secuestre y estado general del vehículo.

En el caso de inmuebles la diligencia de secuestro funciona de manera similar a la de los vehículos, y la propiedad se deja en depósito provisional y gratuito al propietario, pero este no podrá vender, enajenar, arrendar o disponer del bien sin el consentimiento del secuestre. Si el inmueble se encuentra arrendado el secuestre se entenderá con el arrendatario y si es necesario se hará un nuevo contrato de arrendamiento y los dineros serán consignados a la cuenta de depósitos judiciales a nombre de la SDM hasta que se pague la totalidad de la deuda.

En este caso para que se considere saldada la deuda del infractor, además de cancelar lo correspondiente al monto de los comparendos y sus intereses, debe también pagar las costas del proceso (gastos en que incurrió la entidad para realizar el cobro de dichas deudas.

En la actualidad más de 36.842 vehículos y 2.125 inmuebles se encuentran embargados, los cuales serán objeto de las medidas de captura y diligencia de secuestro si los propietarios de estos no se ponen al día en el pago de sus comparendos.

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