Por haber recibido 80 millones de pesos en pago para no realizar un dedate contra la adjudicación del contrato de las ambulancias, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el concejal Wilson Hernando Duarte Robayo.
El hecho relacionado con el escándalo del llamado “carrusel de la contratación” en Bogotá, tiene que ver con el proceso sobre la adjudicación del contrato para la prestación del servicio de ambulancias en la capital de la república.
Según el pliego de cargos, Duarte Robayo, aprovechando su condición de concejal de la capital, habría solicitado en noviembre de 2009 dinero al entonces secretario distrital de Salud, Héctor Zambrano Rodríguez, a cambio de no realizar un debate político en el Concejo de Bogotá con respecto a la adjudicación y ejecución del mencionado contrato, el cual fue direccionado en sus etapas precontractuales, de evaluación, selección y adjudicación, hacia un determinado contratista.
Con la amenaza, el concejal Duarte Robayo habría logrado el pago de 80 millones de pesos durante los meses de noviembre y diciembre de 2009 y febrero, marzo y abril de 2010.
El Ministerio Público señala que con esta acción, el concejal habría incurrido objetivamente en una conducta típica consagrada en la ley penal como delito sancionable a título de dolo, “pues al parecer abusó del cargo que desempeñaba en ese momento, ya que ante todo ejercía un control político, como lo establece el artículo 14 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 58 del Acuerdo 348 de 2008, reglamento interno del Concejo de Bogotá”.
Adicionalmente, la Procuraduría formuló también cargos a Duarte Robayo por presuntamente haber amenazado al director del Instituto para la Economía Social (IPES), Armando Aljure Ulloa, con realizar un debate en el Concejo de Bogotá, si no cambiaba la coordinadora de la caseta 38, ubicada en el sector denominado San Andresito (Bogotá), hecho que ocurrió el día 24 de febrero de 2011, en las instalaciones del citado Instituto.
De esta forma el entonces concejal habría amenazado a otro servidor público para obtener de esta manera un beneficio propio y para terceros.
Las dos conductas descritas fueron calificadas provisionalmente como gravísimas, a título de dolo.