Corte Constitucional dejó en firme ley en honor a la madre Laura

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Bogotá, 04 de Diciembre ¬_RAM_ La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible varios de los apartes de la ley 1710 de 2014 con la cual se establecieron una serie de homenajes a la vida y obra de la madre Laura Montoya, canonizada en mayo de 2013 por el papa Francisco.

El alto tribunal estudió una demanda presentada por un ciudadano que argumentaba que dicha ley iba en contra de la Constitución Política de 1991 que declaró a Colombia como un Estado laico y que la legislación no puede tener una “predilección” por la Iglesia Católica.

Sin embargo, la Corporación no aceptó los argumentos sobre el desconocimiento de la neutralidad religiosa que existe en Colombia. Para la Corte la ley se ajusta a la libertad de cultos en la que se hace mención en la Carta Magna.
Ante esto quedan en firme la festividad establecida por el Congreso de la República en honor de la obra de la primera santa colombiana, así como la construcción de un monumento. Sin embargo el alto tribunal hizo algunos ajustes en los términos presentados en el acto legislativo.

Es así como se niega la construcción de un mausoleo para la peregrinación de fieles y otros eventos, que iba a ser financiada con recursos públicos, como se determinaba en la ley.

Además se elimina su «nombramiento» como «santa patrona del magisterio. Así como la expresión que la definía como «cuna moderna de la evangelización para los indígenas de América y el mundo moderno»

En el estudio de la acción judicial, la magistrada ponente analizó una serie de conceptos presentados por la Procuraduría General, la Iglesia Católica, Organizaciones No Gubernamentales, Universidades públicas y privadas y el Instituto de Antropología e Historia, adscrito al Ministerio de Cultura.

Los conceptos presentados

Las opiniones que se allegaron presentan sendas diferencias, puesto que algunos consideran que se ajusta a la Constitución la celebración de homenajes a la santa oriunda de Antioquia mientras que otros argumentan que es una clara vulneración a la libertad de cultos e igualdad religiosa establecida en la Carta Política.

En su concepto, la Procuraduría General manifestó que se debe reconocer como cultura la religión mayoritaria en Colombia “no implica necesariamente que las minorías religiosas o no religiosas vayan a ser pisoteadas o sus derechos desconocidos”.

Sin embargo, algo muy diferente conceptúa el Instituto Colombiano de Antropología e Historia que considera que va en contra de la carta magna la imposición de prácticas y rituales a una creencia religiosa, ya que se desconocen varios mandatos de la Constitución Política de 1991. Posición que es apoyada por la Universidad Nacional de Colombia que manifiesta que se debe respetar la diversidad religiosa en el país.

Ante estos argumentos se espera un debate de fondo en los próximos días en la Corte Constitucional frente a la demanda presentada por el abogado Miguel Ángel Garcés que asegura que se están vulnerando la libertad de credos en Colombia, además de una afectación de los intereses de los colombianos ya que se estarían destinando recursos públicos para la celebración de estos eventos.

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