Bogotá, 02 de Diciembre ¬_RAM_ La fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, se pronunció sobre temas coyunturales en Colombia como los son, Marco Jurídico para la Paz, la reforma a la justicia penal militar, los procedimientos relacionados con desplazamientos forzosos y “falsos positivos”, delitos sexuales, entre otros, advirtiendo que en ningún acuerdo de paz puede existir impunidad.
“Cualquier acuerdo de paz al que se llegue, así como el marco jurídico para la paz, debe ser compatible con el Estatuto de Roma”, expresó a travésde su informe la fiscal de la Corte, Fatou Bensouda.
Bensouda informó que el 2 de marzo de 2005 la Corte informó al Gobierno de Colombia que había recibido información acerca de presuntos crímenes cometidos en Colombia, que podrían ser de competencia de la Corte. Desde entonces, la CPI ha solicitado y recibido en forma continua y adicional sobre crímenes de competencia de la Corte.
“La Fiscalía (de la CPI) ha informado a las autoridades colombianas que una condena que fuera severa o manifiestamente inadecuada a la luz de la gravedad de los crímenes y de la forma de participación de la persona acusada viciaría el carácter genuino del procedimiento nacional, aún en caso de que todas las fases anteriores del procedimiento hubieran sido consideradas genuinas” señaló Bensouda.
En noviembre de 2012 la Fiscalía publicó un Reporte Intermedio sobre la situación en Colombia que resumía el análisis realizado durante el examen preliminar.
Este informe incluye las constataciones de la Fiscalía en materia de competencia y admisibildad, e identifica cinco áreas en las que continuaría centrándose el seguimiento del Marco Jurídico para la Paz y otros desarrollos legislativos pertinentes, así como las cuestiones de competencia relacionadas con la emergencia de los “nuevos grupos armados ilegales” los procedimientos relativos a la promoción y expansión de los grupos paramiltares; los procedimientos relativos a los desplazamientos forzados; los procedimientos relativos a los crímenes sexuales; y los casos atinentes a los “falsos positivos”.
La Fiscal destacó que a pesar de las dimensiones del fenómeno, “el número de procedimientos relativos a violaciones y otras formas de violencia sexual cometidas en el conflicto armado sigue siendo limitado”.
En cuanto a la promoción y expansión de los grupos paramilitares, cabe resaltar que, según datos suministrados por organismos judiciales colombianos, a julio del 2014 existían 1.124 casos contra políticos, 1.023 casos contra miembros de las fuerzas armadas y 393 casos contra funcionarios.
Entre noviembre del 2013 y octubre del 2014, su despacho recibió, de parte del gobierno colombiano, información sobre la condena por violación impuesta a un miembro de las fuerzas militares.
Por otra parte, en relación con los 183 casos de violencia sexual relacionada con el conflicto que la Corte Constitucional ordenó investigar, y cuyos procedimientos pidió acelerar, el grupo de trabajo encargado de su seguimiento advierte que, a marzo del 2013, solo se habían dictado cinco condenas y una absolución, mientras que 95 casos seguían en etapa de investigación preliminar.
Reforma de la Justicia Miltar
La Fiscalía ha hecho un seguimiento y análisis de los desarrollos que potencialmente podrían impactar sobre los procedimientos nacionales por asesinatos presuntamente cometidos por miembros de las fuerzas militares,conocidos en Colombia como “falsos positivos”.
La Fiscalía señala que durante el período informado, se han presentado ante el Congreso numerosos proyectos legislativos entre ellos proyectos de reforma constitucional relacionados, entre otras cosas, con el sistema de justicia penal militar,normas en materia de competencia y de plazos para la investigación y enjuiciamiento de miembros de las fuerzas pública, así como la suspensión, renuncia y revisión de la persecución penal, y la reforma o remplazo de la entidad judicial actualmente encargada.
El informe destaca que de las 16 macroinvestigaciones adelantadas por la Unidad de Justicia y Paz, 15 incluyen acusaciones por violencia sexual que afectan a 2.906 víctimas. Adicionalmente, se refiere a los 37 casos en investigación que incluyen acusaciones por violencia sexual en el marco del conflicto armado atribuida a las FARC.
Procedimientos relativos a los desplazamientos forzosos
En el transcurso del período informado, la Fiscalía ha recibido del Gobierno de Colombia información sobre 16 casos de desplazamientos forzosos dentro de la competencia temporal de la CPI, que han llevado a condenas contra nueve individuos en el sistema de justicia ordinario. La Fiscalía señala que siete de ellos fueron contra miembros de grupos armados paramilitares, uno contra un comandante de la guerrilla, y uno contra un miembro de otro grupo armado ilegal.
Según la fiscalía, durante el período informado, las autoridades Colombianas han dado pasos para priorizar las investigaciones y enjuiciamientos de los más responsables por conductas relevantes para el examen preliminar. Las autoridades Colombianas parecen haber hecho algunos avances en la investigación de los casos de falsos positivos pertinentes a los efectos del examen preliminar. Sin embargo, la Fiscalía observa con preocupación lo limitado de los avances en materia de delitos sexuales, a pesar de que la creación de un grupo de trabajo encargado de investigar casos de violencia de género dentro de la DINAC podría significar un desarrollo positivo.
Finalmente el informe concluye señalando que durante el año próximo, la Fiscalía seguirá en comunicación con las autoridades Colombianas para evaluar si se están realizando procedimientos de manera autentica contra los más responsables por los crímenes más graves a fin de llegar a determinaciones en materia de admisibilidad.
La Fiscalía también continuará con su seguimiento y análisis de la aplicación del Marco Jurídico para la Paz, así como los desarrollos legislativos y de otro tipo relativos a la investigación y enjuiciamiento de los casos de falsos positivos como parte de su análisis de los procedimientos nacionales relativos a crímenes de competencia de la Corte.