Procurador ni Fiscal tendrán facultades para investigar y sancionar a congresistas

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La Comisión Primera de Senado aprobó el artículo de la Reforma a la Justicia que le quita las facultades al Procurador General de la Nación para investigar y disciplinar a los congresistas y no acogió la propuesta del fiscal para que la Reforma a la Justicia le otorgara a la Fiscalía la facultad de investigar a los congresistas y a los funcionarios aforados.

En el caso del procurador, los congresistas argumentan que esto se debía modificar porque no está bien que el jefe del Ministerio Público investigue a quienes lo eligen.

Según el artículo 24 del proyecto, entre las funciones que tendrá será “ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas, de los miembros de la Sala de Gobierno del Consejo Superior de la Judicatura cuando la Constitución y la Ley no asignen dicha competencia a otra autoridad”.

De igual manera, se aprobó la doble instancia para el juzgamiento de los congresistas y demás aforados, creando dos nuevas salas en la Corte Suprema de Justicia, una para su investigación y otra para su juzgamiento en materia penal como disciplinaria.

“Sus miembros deberán cumplir con las calidades exigidas para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia y no podrán ser elegidos con posterioridad como magistrados de ninguna corporación judicial”, explica el proyecto.

Esa ‘súper-sala’ tendrá diez miembros, quienes serán elegidos por la Corte Constitucional de ternas integradas por el Presidente de la República, los cuales se dividirán en dos salas, una para adelantar las investigaciones penales, y otra para conocer de los procesos disciplinarios

La segunda instancia en los procesos de los congresistas será en la sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia.

También se le otorgó la facultad a la Contraloría para investigar fiscalmente a todos los aforados constitucionales, menos al presidente, vicepresidente y magistrados de la Corte Constitucional.

Para el juzgamiento del presidente y el vicepresidente, se aprobó que sea el Congreso el encargado de iniciar un antejuicio político o de indignidad, antes de que se inicie un proceso penal en la Corte Suprema de Justicia.

Se aprobó que la Cámara de Representantes seguirá investigando al Presidente de la República. Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces, contra el Vicepresidente de la República y contra los magistrados de la Corte Constitucional.

De igual manera, se aprobó que la captura de un funcionario aforado sólo se podrá dar cuando se radique la resolución de acusación, es decir, cuando sea llamado a juicio o en el caso de que sea sorprendido en flagrancia.

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