Nuevo Estatuto de Protección al Consumidor entra a regir mañana

Compartir:

A partir de mañana entra en vigencia el Nuevo Estatuto del Consumidor que rige para Colombia. El incumplimiento de estas normas puede llevar a multas hasta de dos mil (2000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Con la norma que consagra los derechos de los consumidores y los mecanismos a través de los cuales se hacen efectivos dichos derechos, el país se convierte en uno de los de mayor avanzada a nivel mundial en materia de protección al consumidor.

De acuerdo a la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, dentro de los asuntos sustanciales a destacar, se encuentra el régimen de calidad, idoneidad y seguridad de productos, la efectividad de las garantías de los bienes y servicios, la responsabilidad por daños por producto defectuoso,  la protección contra la información y publicidad engañosa, y el comercio electrónico.

Asimismo dentro de las nuevas disposiciones se destacan aspectos contractuales como los contratos de adhesión y las cláusulas abusivas, las ventas a distancia, servicios de financiación, entre otros, que hacen que los consumidores vean protegidos sus derechos frente a las asimetrías de información existentes con los productores, expendedores y demás miembros integrantes de la cadena productiva.

Indica la SIC, que con el nuevo régimen de protección al consumidor, los responsables, además de estar obligados a solucionar el problema particular y concreto de los consumidores,  podrán ser acreedores de sanciones hasta por dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Destaca la entidad que son muchos los avances que se han logrado en materia de protección al consumidor, particularmente se puede constatar en la presentación de trámites ante la SIC que pasó de recibir en el año 2010 más de 39 mil solicitudes a recepcionar en el año 2012 más de 50 mil asuntos. Durante enero y febrero de este año ya alcanza 13.919 trámites.

De otra parte, con el fin de lograr una cobertura a nivel nacional para que los consumidores de todo el país puedan hacer efectivos sus derechos, la Ley faculta a los alcaldes para ejercer funciones administrativas de protección al consumidor en sus respectivas jurisdicciones.

En este mismo sentido, y para que el sistema de protección al consumidor en Colombia opere de forma articulada y armónica, la Ley prevé la creación de la Red Nacional de Protección al Consumidor, que estará integrada por el Consejo Nacional de Protección al Consumidor, los consejos departamentales y distritales, las autoridades administrativas del orden nacional con funciones en esta materia, los alcaldes de todo el país, las ligas de consumidores y la Superindustria, que ejercerá además la secretaría técnica del sistema.

La Red tiene dentro de sus funciones, la de difundir y apoyar el cumplimento de los derechos de los consumidores en el país, y apoyar y asesorar a todas las alcaldías del país en el ejercicio de sus funciones, entre otras.

Ello supone un esfuerzo en temas de definición de políticas de protección al consumidor, divulgación de los derechos de los consumidores y capacitación a las autoridades locales en torno al marco conceptual, legal, procesal y operativo aplicable al tema.

Así mismo, la expedición y entrada en vigencia del Estatuto de Protección al Consumidor, constituye un paso muy importante en la consecución del propósito del Gobierno Nacional de hacer parte de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, OCDE.

Por otra parte, el derecho del consumo ha adquirido una gran relevancia en el plano internacional como consecuencia de los mercados globalizados, en donde las relaciones de consumo enfrentan cada vez más componentes de índole transfronterizo, por lo que, el avance de nuestro país en la materia y la cooperación internacional en estos asuntos retoma gran importancia.

Alcaldes: Protectores de los consumidores

De otra parte, con el fin de lograr una cobertura a nivel nacional para que los consumidores de todo el país puedan hacer efectivos sus derechos, la Ley faculta a los alcaldes para ejercer funciones administrativas de protección al consumidor en sus respectivas jurisdicciones.

En este mismo sentido, y para que el sistema de protección al consumidor en Colombia opere de forma articulada y armónica, la Ley prevé la creación de la Red Nacional de Protección al Consumidor, que estará integrada por el Consejo Nacional de Protección al Consumidor, los Consejos Departamentales y Distritales de Protección al Consumidor, las autoridades administrativas del orden nacional con funciones en esta materia, los alcaldes de todo el país, las ligas de consumidores y la Superintendencia de Industria y comercio, ésta última ejerciendo además la secretaría técnica del sistema.

Acerca de la Superintendencia de Industria y Comercio

La SIC apoya el fortalecimiento de los procesos de desarrollo empresarial y los niveles de satisfacción del consumidor colombiano, por lo cual reconoce los derechos de propiedad industrial; propicia la adecuada prestación de los servicios de los registros públicos, cuya administración ha sido delegada a las cámaras de comercio; vigila el cumplimiento de los derechos de los consumidores.

También promueve el mejoramiento de la calidad y la seguridad en los bienes y servicios, estimula la competencia mediante la aplicación de las normas sobre prácticas comerciales restrictivas y competencia desleal y mantiene los patrones nacionales de medida para garantizar el nivel metrológico que requieren los agentes económicos.

Compartir: