Corte Constitucional pide garantizar suministro de agua a quien no pueda pagar el servicio

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En un fallo emitido por la Corte Constitucional se advierte que las familias que certifiquen que no tienen suficientes recursos para poder pagar el servicio de agua potable, deberán tener derecho a recibir al menos 50 litros diarios por persona de forma gratuita.

De acuerdo con el Alto Tribunal, este fallo se da por una acción de tutela que fue interpuesta por una familia que no tenía la solvencia económica para pagar este servicio, por lo que acudió a este derecho al argumentar que deben ser protegidos por la Constitución.

El fallo, con ponencia del magistrado Gabriel Eduardo Mendoza, advierte que en este caso en particular, en el Artículo 13 de la Constitución Política se consigna que «El Estado tiene el deber de proteger a las personas que sufren situaciones de debilidad manifiesta».

«Que en caso de que la actora pruebe no contar con los recursos económicos para sufragar la deuda, proceda a instalar un reductor de flujo que garantice como mínimo cincuenta (50) litros de agua por persona al día, en el inmueble que habita con su familia», señala la sentencia.

Ante esta situación, la Corte Constitucional ordenó al Gobierno Nacional que de forma inmediata se reconecte el servicio de agua potable a una vivienda en el departamento de Cundinamarca en donde viven por lo menos 17 personas, entre ellas adultos mayores.

RCN radio

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