Nuevo llamado para evitar quemados con pólvora

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Bogotá, 04 de diciembre_ RAM_ El mensaje del Ministerio de Salud y Protección Social para las fiestas de fin de año? que inician con la alborada en Antioquia, es uno solo y enfático: ningún menor de edad debe resultar quemado como consecuencia de la manipulación de la pólvora.

Es así como el viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Luis Fernando Correa Serna, señaló que los padres son la primera línea de defensa para evitar que los colombianos más vulnerables resulten lesionados.

“Es apropiado recordar que la venta y uso de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos está totalmente prohibido para menores de edad y personas en estado de embriaguez, al igual que la producción, fabricación, la manipulación, uso y comercialización de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fósforo blanco”, aseguró. ¿Agregó que hay un deber social en la protección de los?  menores de edad y, ante un posible riesgo en su integridad, se debe denunciar.

“Socialmente es una responsabilidad cuidar de nuestros menores porque -si vemos niños en riesgo- nos corresponde hacer la denuncia a través de la línea 141 dispuesta por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Además, es responsabilidad de las personerías de los municipios y de la Policía Nacional, porque los menores son especialmente vulnerables a esta situación”, dijo.

Describió que el reto es intentar que no haya quemados por pólvora, pero sucedido el hecho es conveniente llevar cuanto a los lesionados a los servicios de salud.

En Colombia, la pólvora ha sido una práctica socialmente extendida que se incrementa, particularmente, en la temporada decembrina, razón por la que se adelantan campañas como #PrendeLaFiestaSinPólvora. Históricamente Antioquia, Valle del Cauca, Bogotá y Cauca ocupan los primeros lugares por lesiones ocasionadas con pólvora.

El Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud, el ICBF, la Policía Nacional, el Instituto Nacional de Medicina Legal y la Defensoría del Pueblo continuarán la vigilancia de este evento de interés en salud pública.

Actos administrativos

La ciudadanía debe ser vigilante ante este tipo de conductas que afectan la salud pública; fortalecer los controles respecto al control a la venta de artículos pirotécnicos, en especial, a menores de edad y a personas en estado de embriaguez (Leyes 9 de 1979 y 670 de 2001 y sus decretos reglamentarios) y reforzar el trabajo coordinado con las autoridades departamentales, municipales, servicios de salud, bienestar familiar y medios de comunicación para mantener las acciones de prevención, garantizar la oportuna atención y notificación de casos.

  • Es un evento declarado de Interés en salud pública y objeto de vigilancia y reporte obligatorio.
  • La Ley 670 de 2001 establece las directrices para garantizar la vida, integridad física y recreación de los niños expuestos al riesgo por el manejo de artículos pirotécnicos o explosivos.
  • Se han expedido diferentes circulares conjuntas entre el Ministerio de salud y Protección Social y el Instituto Nacional de Salud (Circulares 043 de 2013, 066 de 2014, 051 de 2015, 047 de 2016 y 042 de 2017) que buscan orientar la vigilancia intensificada, prevención y atención de las lesiones ocasionadas por la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, manipulación y uso inadecuado de la pólvora.
  • ? Se han diseñado las guías para el manejo de urgencias de las lesiones y de urgencias toxicológicas, las cuales incluyen el tratamiento para las posibles intoxicaciones por cualquier vía de ingreso al organismo de este tipo de productos.
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