Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz pasa a conciliación

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Bogotá, 09 de noviembre_ RAM_ El ministro del Interior, Guillermo Rivera, explicó que esta iniciativa contempla la creación de 16 nuevas circunscripciones especiales de paz, al igual que “el régimen de inhabilidades y las inhabilidades y las condiciones que se les van a exigir a quienes se inscriban para ser candidatos”.

Añadió que se trata de “167 municipios que tienen el mayor grado de afectación con el conflicto, el mayor número de víctimas proporcional a su población y mayores niveles de pobreza extrema”. Dicho diagnóstico surgió de una fórmula objetiva producto de las cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE; del Departamento Nacional de Planeación, DNP, y la Unidad de Víctimas.

“Lo que se exige para ser candidato en esas 16 nuevas circunscripciones es haber sido víctima de un grupo armado”, aclaró Rivera, quien destacó que también se le dan facultades a la organización electoral “para disponer de todo lo necesario para que en marzo se dé el debate electoral y elegir estos 16 nuevos representantes a la Cámara”.

Estas víctimas deben acreditar su condición debidamente certificada por la Unidad de Atención para las Víctimas. “Es importante que las víctimas sean quienes ocupen estas curules, lo cual es un homenaje para ellas y termina siendo coherente con el aspecto más importante del acuerdo de paz que son los derechos de las víctimas”.

El jefe de la cartera política reiteró que “solo habilita para presentarse como candidato a quien acredite la condición de víctima debidamente certificada por la Unidad de Atención para las Víctimas. Se eliminan cabeceras municipales y quedan solo zonas rurales.

Aclaró que «el partido político que surja de las Farc no puede presentar candidatos, ningún desmovilizado puede aspirar a una curul y ningún candidato de un partido político se puede presentar».

A su vez, pueden participar las organizaciones sociales y asociaciones sin ánimo de lucro que demuestren su existencia en el territorio de la circunscripción mediante personería jurídica reconocida cinco años antes de la elección o mediante acreditación en el mismo periodo. Por su parte, el candidato debe acreditar permanencia de un año antes de la elección.

Adicionalmente, se incluyó un artículo transitorio que permite que la Registraduría se encargue de lo concerniente a la logística y garantice las elecciones en estas circunscripciones. “Se habilitó al Ministerio de Hacienda para garantizar presupuestalmente el desarrollo de las elecciones”, concluyó el ministro.

Estas circunscripciones están conformadas por municipios del Valle del Cauca, Arauca, Antioquia, Norte de Santander, Caquetá, Chocó, Meta, Bolívar, Cauca, Nariño, Putumayo, Cesar, Bolívar, Córdoba y Tolima, respectivamente, y tendrán reglas especiales para la inscripción y elección de candidatos.

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el acto legislativo que da vida a las 16 circunscripciones de paz durante ocho años para que las zonas más apartadas del país tengan representación política en el legislativo.

El ministro del interior Guillermo Rivera aclaró que en el articulado quedó claro que esas circunscripciones solo serán para las víctimas del conflicto y que los partidos tradicionales o el nuevo movimiento de la FARC no podrán presentar candidatos.

“Quien acredite la condición de víctima debidamente certificadas podrá presentarse a esas circunscripciones. Se limita a las zonas rurales que son las más golpeadas por el conflicto. Quien se acredite por la Unidad de Atención a las víctimas podrá participar”.

El jefe de la cartera política aclaró que se determinó que solamente las circunscripciones operarán en zonas rurales porque allí fue donde más se vivió el conflicto armado.

“Lo que ocurre es que las personas con mayor afectación del conflicto son las que viven en las zonas rurales y con menor representación política. Ese fue el espíritu del acuerdo”.

Ahora el texto pasará a conciliación en las dos plenarias, pero es un trámite que no tendrá mayores inconvenientes y pasará a la revisión de la Corte Constitucional para su entrada en vigencia. Sucedió en sesión plenaria de la Cámara de Representantes, órgano que aprobó en último debate el acto legislativo que da vida a las 16 circunscripciones de paz durante un período de ocho años para que las zonas más apartadas de Colombia puedan acceder a la representación política en el Congreso.

Guillermo Rivera, ministro del interior, dijo que en el articulado quedó estipulado que estas circunscripciones serán para las víctimas del conflicto, además que los partidos tradicionales o el nuevo movimiento de la FARC no podrán presentar candidatos en estas.

Rivera señaló que: “Quien acredite la condición de víctima debidamente certificadas podrá presentarse a esas circunscripciones. Se limita a las zonas rurales que son las más golpeadas por el conflicto. Quien se acredite por la Unidad de Atención a las víctimas podrá participar”.

Y agregó que solamente las circunscripciones operarán en zonas rurales porque fue en estos lugares donde más se vivió el conflicto armado.

Al respecto sostuvo que: “Lo que ocurre es que las personas con mayor afectación del conflicto son las que viven en las zonas rurales y con menor representación política. Ese fue el espíritu del acuerdo”.

El paso siguiente será la conciliación del texto en las dos plenarias, un trámite que debe ser sencillo para después pasar a la revisión de la Corte Constitucional con lo que entraría en vigencia.

Las circunscripciones son:

 Circunscripción 1-

Municipios del Cauca: Argelia, Balboa, Buenos Aires, Caldono, Caloto, Cajibío, Corinto, El Tambo, Jambaló, Mercaderes, Morales, Miranda, Patía, Piendamó, la zona rural de Santander de Quilichao*, Suárez y Toribío. Municipios de Nariño: Cumbitara, El Rosario, Leiva, Los Andes, Policarpa y los municipios de Florida y Pradera, Valle del Cauca.

Circunscripción 2

Conformada por Arauquita, Fortul, Saravena y Tame. Departamento de Arauca.

Circunscripción 3

Municipios del departamento de Antioquia: Amalfi, Anorí, Briceño, Cáceres, la zona rural de Caucasia, El Bagre, Ituango, Nechí, Remedios, Segovia, Tarazá, Valdivia, Zaragoza;

Circunscripción 4

Constituida por 8 municipios de Norte de Santander: Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú,

Circunscripción 5

Municipios del departamento del Caquetá: la zona rural de Florencia*, Albania, Belén de Los Andaquíes, Cartagena del Chairá, Curillo, El Doncello, El Paujil, Montañita, Milán, Morelia, Puerto Rico, San José de Fragua, San Vicente del Caguán, Solano, Solita y Valparaiso, y el Municipio de Algeciras del Departamento del Huila.

Circunscripción 6

Municipios del Departamento de Choco: Bojayá, Medio Atrato, Itsmina, Medio San Juan, Litoral de San Juan, Novita, Sipi, Acandí, Carmen del Darién, Riosucio, Unguía, Condoto y dos municipios de Antioquia Vigia del Fuerte y Murindo.

Circunscripción 7

Municipios del departamento del Meta: Mapiripán, Mesetas, La Macarena, Uribe, Puerto Concordia, Puerto Lleras, Puerto Rico y Vistahermosa y 4 municipios del departamento del Guaviare San Jose del Guaviare, Calamar, El Retorno y Miraflores.

Circunscripción 8

Municipios del departamento de Bolívar: Córdoba, la zona rural de El Carmen de Bolívar*, El Guamo, María La Baja, San Jacinto, San Juan de Nepomuceno y Zambrano. Municipios de Sucre: Colosó, Chalan, Los Palmitos, Morroa, Ovejas, Palmito, San Onofre y Toluviejo.

Circunscripción 9

Municipios del Cauca: Guapi, López de Micay y Timbiquí y la zona rural de Buenaventura, del departamento del Valle del Cauca.

Circunscripción 10

Está constituida por 11 municipios del departamento de Nariño: Barbacoas, El Charco, La Tola, Maguí, Mosquera, Olaya Herrera, Francisco Pizarro, Ricaurte, Roberto Payan, Santa Barbara y la zona rural de Tumaco

Circunscripción 11

Municipios del departamento del Putumayo: Orito, Puerto Asís, Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo, San Miguel, Valle del Guamuez y Villagarzón

Circunscripción 12

Municipios del Cesar: Agustín Codazzi, Becerril, La Jagua de Ibirico, La Paz, Pueblo Bello y la zona rural de Valledupar. Municipios de La Guajira: Dibulla, Fonseca, San Juan del Cesar. Municipios del Magdalena: Aracataca y las zonas rurales de Santa Marta, Ciénaga y Fundación.

Circunscripción 13

Municipios del departamento de Bolívar: Arenal, Cantagallo, Morales, San Pablo, Santa Rosa Del Sur y Simití y el municipio de Yondo del departamento de Antioquia.

Circunscripción 14

Municipios de Córdoba: Puerto Libertador, San José de Uré, Valencia y las zonas rurales de Tierralta*, y Montelibano*.

Circunscripción 15

Municipios del departamento del Tolima: Ataco, Chaparral, Planadas y Rioblanco.

Circunscripción 16

Municipios del departamento de Antioquia: Carepa, Chigorodó, Dabeiba, Mutatá, Necoclí, San Pedro de Urabá y las zonas rurales de Apartadó* y Turbo*.

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