Corte advierte que el Gobierno debe subsidiar tratamientos de fertilidad a parejas de bajos recursos

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La Corte Constitucional insistió que el Gobierno nacional a través del Ministerio de Salud deberá atender los casos para subsidiar los tratamientos de fertilidad de las personas que no tengan recursos para acceder a estos servicios de salud.

El alto tribunal explicó que en casos como este la falta de tratamiento de fertilidad para quienes no cuentan con los recursos para hacerlo afecta derechos fundamentales como a la vida, la dignidad humana y a la salud reproductiva.

Señaló la Corte Constitucional que según las consideraciones realizadas en la sentencia que revisó la Ley Estatutaria en Salud “la falta de un tratamiento que puede mejorar la salud reproductiva de la accionante, lesiona claramente sus derechos constitucionales (…) los pacientes tienen derecho al beneficio de las tecnologías y avances de la ciencia para paliar y mejorar su estado de salud en las facetas que se encuentren afectadas”.

El caso estudiado por el alto tribunal con ponencia del magistrado Gabriel Eduardo Mendoza está relacionado con una mujer que en varias oportunidades no podía culminar su gestación natural, lo que le provocó daños físicos y psicológicos.

Frente a esta situación le solicitó a la EPS que realizara los tratamientos de fertilidad indicados luego de interponer una tutela, pero la Entidad no accedió a los requerimientos señalados advirtiendo que no estaba contemplado dentro del Plan Obligatorio de Salud.

Por estos hechos la Corte Constitucional protegió los derechos de la mujer afectada y su pareja advirtiendo que “el Gobierno nacional, por conducto del Ministerio de Salud y Protección Social y la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, realice la revisión de la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos”.

En el caso en particular le ordenó a la EPS Coomeva autorizar el tratamiento requerido para poder quedar en estado de embarazo y brindar el acompañamiento necesario en este proceso, teniendo en cuenta las eventuales consecuencias sicológicas causadas por la imposibilidad de lograr un embarazo.

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