Concejo de Estado condenó a la Nación por muerte de un campesino a quien le disparó un soldado

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Este miércoles la Sección Tercero del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ejército Nacional, por la muerte de un campesino en confusos hechos en el municipio de Samaná (Caldas) el 31 de octubre de 2005.

El alto tribunal determinó que se había presentado una “imprudencia” por parte de un soldado que le causó la muerte al campesino.

De acuerdo con las pruebas recolectadas, al soldado se le disparó el arma de manera accidental en el marco de un operativo militar. Por si fuera poco, los uniformados quisieron presentar al labriego como guerrillero abatido en combate.

Según el alto tribunal, los hechos se presentaron cuando tropas del Comando Fuerza de Tarea Orión adelantaron una serie de operativos con el fin de neutralizar campamentos guerrilleros en la zona.

En el desarrollo de la operación, los uniformados ingresaron a una vivienda y obligaron a un hombre que estaba con su familia a tirarse al piso mientras adelantaba las requisas en el domicilio. En ese momento, a uno de los soldados se le disparó su arma de dotación causándole la muerte inmediata al campesino.

Por estos hechos, la Sala le ordenó al comandante del Ejército pedir excusas aclarando que “la muerte del señor no se causó en medio de un combate armado, sino que fue consecuencia de la acción imprudente de un miembro del Batallón Contraguerrilla N° 8 ‘Quimbaya’, adscrito al Comando Fuerza de Tarea de Orión”.

De igual forma, se ordenó la publicación de una carta “con las disculpas a los familiares del caso y los motivos de la muerte en las instalaciones del comando del Ejército y en el Ministerio de Defensa con el objetivo de recuperar la memoria y la dignidad de este hombre”.

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