A partir de este martes entrarán en vigencia nuevas sanciones por desperdiciar agua

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La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) dejará en firme, a partir de este martes 6 de octubre, una resolución que establece sanciones para quienes desperdicien agua.

El Gobernador (e) de Cundinamarca, Guillermo Rivera confirmó que la medida consiste en cobrar un mayor valor a los usuarios que consuman más metros cúbicos mensuales de los establecidos para cada piso térmico.

Rivera explicó que la Resolución obligará a las empresas prestadoras del servicio de acueducto a activar un plan inmediato para disminuir las pérdidas de agua en las zonas de emergencia.

“A partir del martes quedará en firme una resolución de la Comisión Reguladora de Agua Potable que obliga a los operadores de las empresas que suministren agua a que si advierten que la fuente desde donde están captando el agua para el suministro de los usuarios está en un nivel medio, deben aplicar una fórmula que castigue el uso excesivo del agua, es decir, que se le cobre una tarifa adicional a quienes usen de manera excesiva el agua y por esa vía estimular el racionamiento”, aseguró Rivera.

El borrador de esta resolución denominada ‘Desincentivo al Consumo Excesivo’, establece con el fin de desincentivar el desperdicio de agua, el consumo máximo para usuarios residenciales en ciudades o municipios, con altitud promedio por encima de los 2.000 metros sobre el nivel del mar, será de 26 metros cúbicos al mes.

Para los usuarios que se encuentren en un piso térmico entre los 1.000 y los 2.000 metros sobre el nivel del mar, el consumo permitido será de 28 metros cúbicos al mes.

Y para los y municipios con altitud promedio por debajo de 1.000 metros sobre el nivel del mar, el consumo máximo permitido será de 32 cúbicos al mes.

“Si el consumo del suscriptor y/o usuario se encuentra por encima del rango fijado en el presente artículo, se calculará el desincentivo y se adicionará su valor a la factura del servicio público domiciliario de acueducto”, señala el borrador.

Además, el borrador contempla que hasta que el Ideam informe que el fenómeno de variabilidad climática ha cesado, las medidas serán aplicadas en los departamentos de Antioquia, Bogotá Boyacá, Caldas, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Tolima y Valle del Cauca, San Andrés, Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena y Sucre, Arauca, Casanare, Guaviare, Meta y Vichada.

Finalmente, la Resolución que se espera quede en firme este martes, establece que las sanciones serán aplicadas a los suscriptores de tipo residencial, exceptuando a los inquilinatos, las entidades clasificadas como de servicio especial y los hogares comunitarios de bienestar o sustitutos.

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