Contraloría le pide a Petro claridad sobre financiación de la consulta taurina

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BOGOTA, 22 de Septiembre_ RAM_ La Contraloría de Bogotá le solicitó al Alcalde Mayor de la ciudad informar sobre cuáles serían las fuentes de financiación que utilizará el Distrito para atender los gastos que demande la Consulta Popular Antitaurina, a realizarse en los comicios del próximo 25 de octubre.

Dentro de su función pública de control fiscal, la Contraloría solicitó, además, dar a conocer cuál será el mecanismo para seleccionar a los contratistas que ejecutarían este presupuesto, garantizando los principios de selección objetiva y transparente.

Respetando la plena autonomía de la Administración Distrital, la Contraloría de Bogotá recordó algunas normas pertinentes para el caso:

– Artículo 345 de la Constitución Política “(…) En tiempo de paz no se podrá percibir contribución o impuesto que no figure en el presupuesto de rentas, ni hacer erogación con cargo al Tesoro que no se halle incluida en el de gastos”.

– Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, (Decreto 714 de 1996), Artículo 13 “(…) Legalidad. En el presupuesto de cada Vigencia Fiscal no podrán incluirse ingresos, contribuciones o impuesto que no figuren en el Presupuesto de Rentas, o gastos que no estén autorizados previamente por la Ley, los Acuerdos Distritales(…)”.

– Artículo 34 de la Ley 1757 de 2015, “(…) El Gobierno, los partidos y movimientos políticos y las organizaciones sociales que deseen hacer campaña a favor, en contra o por la abstención de algún mecanismo de participación ciudadana deberán notificar su intención ante el Consejo Nacional Electoral (…)”.

Para el Contralor de Bogotá, Diego Ardila Medina, si bien es cierto que el pasado 26 de agosto fue expedido el Decreto 334, “Por medio del cual se convoca a los/as ciudadanos/as a participar en una Consulta Popular en el Distrito Capital”, también lo es que la Contraloría de Bogotá no conoce la fecha en que tuvo lugar la efectiva notificación al Consejo Nacional Electoral sobre la decisión de hacer campaña a favor, en contra o por la abstención del renombrado mecanismo de participación democrática.

Finalmente, y con el propósito de coadyuvar al mejoramiento de la gestión administrativa, Ardila Medina insistió en la importancia de tener en cuenta los límites establecidos en materia de austeridad del gasto, para efectos de la promoción, publicidad y logística en la realización del referido mecanismo de participación democrática.

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