La polémica historia tras el fallo de adopción de pareja gay

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Hasta ahora, lo que se conocía sobre el caso, es que la pareja de mujeres había recibido el semen donado de un hombre, cuya identidad no había sido revelada. Así lo confirmó el abogado de las mujeres ante medios de comunicación.

“Se hizo a través de un procedimiento de inseminación artificial, que se puede hacer a través de bancos, instituciones que están especializadas, en las cuales los hombres hacen donaciones de semen, las donaciones son anónimas, razón por la cual no se sabe el padre del menor. Sin embargo, ella como madre biológica, tenía una relación de pareja del mismo sexo, quería que amabas quedaran con la maternidad conjunta, en este caso, la niña tiene dos mamás”, afirmó Germán Humberto Rincón, abogado de las mujeres demandantes.

Sin embargo, miembros de la misma familia pusieron en conocimiento de Noticias RCN que el padre biológico, es decir, el donante, es primo de una de las dos mujeres.

Según fuentes consultadas por Noticias RCN, el hombre es el padre biológico de ambos menores, la menor sobre quien se obtuvo el derecho de adopción recientemente, y un menor que nació posteriormente.

El hombre, quien vive en Estados Unidos con ciudadanía de ese país, es reconocido entre los miembros de la familia como el padre de ambos menores y visita con frecuencia a los menores, encuentros de los cuales existen fotografías a los que Noticias RCN tuvo acceso.

Otro dato conocido por Noticias RCN es que el presunto padre biológico de los menores en cuestión, es sobrino del magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Iván Palacio, uno de los seis magistrados que votó en favor de la adopción demandada por las mujeres.

Al ser consultado por Noticias RCN, el magistrado Palacio confirmó que tiene un sobrino que responde al nombre y apellidos de la persona que sería el padre biológico de los menores y a su vez admitió conocer a la pareja de mujeres.

Según el magistrado, no se declaró impedido para el caso porque no tuvo conocimiento de que el padre biológico de los menores se tratara de su sobrino y explica que el nombre del mismo no se reveló durante el proceso o en la ponencia que le fue entregada.

Así las cosas, abogados en contra del fallo que le permitió a la pareja de mujeres adoptar a la menor, plantean la nulidad del mismo.

“Si hay un fraude, como una prueba falsificada o un comportamiento que sea anti ético, el juez debe negar a la adopción”, explicó el abogado de familia, Carlos Fradique.

Cabe aclarar que cada caso de adopción debe ser estudiado de forma individual por los jueces competentes.

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